ROLES Y FUNCIONES

Funciones del Consejo

Son funciones del Consejo las siguientes:

a.    Promover la participación de los gobiernos regionales, gobiernos locales, sociedad civil y de los usuarios de agua de las cuencas en la formulación, aprobación,     implementación, seguimiento, actualización y evaluación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca, mediante lo siguiente:

·         Reuniones descentralizadas por unidades hidrográficas menores.

·         Reuniones de los integrantes del Consejo con sus representados.

·         Implementación del Plan de Comunicaciones del Consejo, que se formula anualmente.

·         Empleo de redes sociales, realización de eventos como foros, talleres, etc.

b.   Elaborar conjuntamente con la Autoridad Administrativa del Agua XI Pampas - Apurímac, el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca, en armonía con la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos y la Política Nacional del Ambiente, debiendo conformar grupo técnicos de trabajo y grupos de interés en la cuenca en base a las líneas temáticas del Plan de Gestión.

c.  Implementar acciones para conseguir los consensos y establecer compromisos, entre sus integrantes, que aseguren la conformidad del proyecto de Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca - PGRHC.

d.   Concertar compromisos entre sus integrantes que aseguren la implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca.

e.    Velar por el cumplimiento y actualización del Plan de Gestión de Recursos Hídricos, implementando lo siguiente:

·         Formular el Plan de Monitoreo del PGRHC.

·         Propiciar la emisión de ordenanzas regionales o municipales que declaren de interés la implementación del Plan de Gestión.

·         Reuniones lideradas por el presidente del Consejo con las diversas instituciones u organizaciones relacionadas con la gestión del recurso hídrico.

f.    Proponer anualmente a la Autoridad Administrativa del Agua Pampas - Apurímac, el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas para atender las demandas multisectoriales, considerando los derechos de uso de agua otorgados y usos de agua de las comunidades campesinas que existan en el ámbito del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Pampas. Para lo cual conformará un grupo de trabajo presidido por el Secretario Técnico e integrado por los representantes de las instituciones indicadas en el Art. 6° del Reglamento del Plan de Aprovechamiento de Recursos Hídricos.

g.    Emitir opinión verificando la conformidad y compatibilidad con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca, en los siguientes casos:

     i.          Otorgamiento de derechos de uso de agua y determinación del uso prioritario en caso de concurrencia.

   ii.          Reversión de excedentes de recursos hídricos que se obtengan en la aplicación de la Ley de Recursos Hídricos.

 iii.          Establecimiento de parámetros de eficiencia y otorgamiento de certificaciones de eficiencia.

 iv.          Otorgamiento de licencia de uso de agua provisional.

    v.          Ejecución de obras de infraestructura hidráulica menor pública o privada que se proyecten en los cauces y cuerpos de agua, naturales y artificiales, así como de los bienes asociados al agua.

 vi.          Otros asuntos que solicite la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua conforme a la ley. En el instrumento de gestión “Lineamientos para emitir la opinión del Consejo de Cuenca en los casos previstos en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento” se especifica el procedimiento para emitir la opinión.

h.   Emitir opinión para el otorgamiento de autorización de reuso de agua residual tratada, remitiéndola a la Autoridad Administrativa del Agua.

i.    Recomendar las acciones de supervisión y fiscalización en las fuentes naturales de agua, que debe ejecutar la Autoridad Administrativa del agua con el fin de prevenir los efectos de la contaminación de las aguas, la que deberá emitir informes con los resultados.

j.    Fomentar planes y programas integrales de prevención y atención de desastres por inundaciones u otros impactos que afecten a los bienes asociados al agua, promoviendo acciones estructurales e institucionales.

k.  Promover que los gobiernos locales vigilen la extracción de materiales de acarreo con el fin de proteger los cauces de los ríos y quebradas, promoviendo la ejecución de eventos de fortalecimiento de capacidades dirigido a los gobiernos locales a través de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas - Apurímac.

l.    Contribuir en promover la cultura de la valoración económica, ambiental y social del agua, apoyando la gestión de los recursos hídricos en la cuenca, a cargo de la Autoridad Administrativa del Agua XI Pampas - Apurímac. Asimismo, promueve el conocimiento y la tecnología ancestral del agua.

m. Difundir entre sus integrantes y la sociedad civil los resultados de su gestión, utilizando diversos mecanismos de comunicación, tales como las redes sociales, medios radiales, medios televisivos, prensa escrita, etc. según los procedimientos establecidos por la Autoridad Nacional del Agua. Asimismo, anualmente elabora su Memoria Anual de Gestión, que es aprobada en sesión extraordinaria.

n. Impulsar entre sus integrantes el uso eficiente, el ahorro, la conservación y la protección de la calidad de los recursos hídricos. Así mismo, promover el reúso y la recirculación de las aguas; a través de acciones que están detalladas en el Plan de Fortalecimiento de Capacidades de los integrantes del Consejo.

o.   Aprobar la conformación de los grupos de trabajo para el desarrollo de los asuntos específicos de la cuenca, según su realidad y a propuesta de los integrantes del Consejo, en base a los “Criterios para la conformación y funcionamiento de los grupos de trabajo del Consejo por Cuenca”.

p.  Encargar a los grupos de trabajo correspondiente a la cuenca, la coordinación con las organizaciones que promueven la conservación y gestión sostenible de los recursos hídricos, en particular aquellas existentes a nivel de unidades hidrográficas menores, a fin de que el Consejo pueda conocer sus propuestas, inquietudes y necesidades en la gestión del recurso hídrico.

q.   Formular el Plan Operativo Anual del Consejo en concordancia con los lineamientos que emita la Autoridad Nacional del Agua, el cual es aprobado en sesión ordinaria.

r.    Otras funciones que le encargue la Jefatura de la Autoridad Nacional el Agua conforme al Reglamento de Organización y funciones de dicha autoridad.