R.TNRCH. Nº 0077-2022-ANA
Resumen
CUT N°: 130359 – 2021.
IMPUGNANTE: Gold Fields La Cima S.A.
ÓRGANO: ALA Chotano-Llaucano
SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la empresa Gold Fields La Cima S.A. contra lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 80-2021-ANA-AAA.M-ALA CH LL; en consecuencia, se declara la pérdida de ejecutoriedad del Formato Nº 2018I04595, generado por el pago tardío del Recibo Nº 2014S06321, de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.8.8 de la presente resolución.
MATERIA: Retribución económica.
SUB MATERIA: Por el Uso de Agua
MARCO NORMATIVO: Artículos 178° y 182° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Fundado en Parte
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se observa que las pretensiones planteadas por el impugnante son de competencia de distintos órganos, por lo que no procedía acumularlas, a su vez la obligación de pago de los intereses moratorios y compensatorios no le son aplicables a las normas relativas de los procedimientos administrativos sancionadores, pues se genera de un supuesto jurídico distinto al regulado para el trámite de dichos procedimientos, siendo también obligaciones legales diferentes, es por ello declararse la pérdida de ejecutoriedad del Formato impugnado, confirmándose lo demás que contiene.
Marco normativo
Artículos 178° y 182° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.