R.TNRCH. Nº 0314-2019-ANA
Resumen
CUT N°:219588-2018.
IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Echarati.
ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Caducidad
SUMILLA: Se declara de ofício la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Municipalidad Distrital de Echarati a través de la Notificación N° 038-2018-ANA-AAA.UV-ALA.CV de fecha 07.02.2018 dejándose sin efecto la Resolución Directoral N°579-2018-ANA/AAA XII.UV, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento y artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: CADUCIDAD
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.
Marco normativo
Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento y artículo 259° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.