R.TNRCH. Nº 0757-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 60419-2022.

ADMINISTRADOS: Ana Melva Luque Coaguila, Nieves Lorena Luque Coaguila de Turpo y Mauro Víctor Turpo Chambilla.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 0128-2022-ANA-AAA.CO-ALA.TAT, por haberse configurado los presupuestos previstos en el numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo, de conformidad con lo expuesto en el numeral 4.16 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

371-2022

Sumilla

Se evidencia que la resolución apelada ha sido emitida sin acreditarse de manera cierta que los documentos que fueron presentados por la administrada acreditan la transferencia del predio.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0745-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 139836-2021.

IMPUGNANTE: Hilda Pérez Talavera.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 0576-2022-ANA-AAA.CF, disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado a la señora Hilda Pérez Talavera mediante la Notificación Nº 0038-2022-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Jueves, 15 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

No se cumplió con efectuar la fase aplicativa del Principio de Tipicidad, pues no se determinó en cuál de los verbos (ocupar, utilizar o desviar) se subsume el hecho.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0736-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 3331-2022.

ADMINISTRADA: Anani Noriega Rivera.

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 0039-2022-ANA-AAA.MDD, por haberse configurado los presupuestos previstos en el numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo, de conformidad con lo expuesto en el numeral 4.19 de la presente resolución.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUB MATERIA: Delimitacion de faja marginal

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 12 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

435-2022

Sumilla

Se determina que en la tramitación de la solicitud de la impugnante se consideró como cumplido el requisito referido a la opinión favorable emitida por la Dirección Regional de Agricultura y Riego del Gobierno Regional, sobre uso temporal de faja marginal con fines de cultivo, respecto a una opinión para otra persona, es decir, una persona distinta a la titular del procedimiento y respecto al uso temporal de faja marginal del río, que es otro cuerpo de agua respecto al cual se solicita el uso de la faja marginal en este procedimiento.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0735-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 129268-2021.

ADMINISTRADO: Sucesión Telesforo Zevallos Soto.

ÓRGANO: ALA Huaura.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº 124-2022-ANA-AAA.CF-ALA.H, por haberse configurado los presupuestos previstos en el numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua presentada en fecha 02.08.2021.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 12 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

466-2022

Sumilla

El procedimiento de revisión de oficio de la resolución apelada iniciado por este Tribunal, se sustentó en el hecho de que se habría extinguido y otorgado una licencia de uso de agua superficial a favor de la sucesión sin verificar el cumplimiento de estar al día en el pago de la retribución económica, tal como lo establece en la norma.

Marco normativo

Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0733-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143221-2021.

IMPUGNANTE: Jessica Romelia Obregón Falcón.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 0238-2022-ANA-AAA.CHCH, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la señora Jessica Romelia Obregón Falcón, por vulneración al Principio de Causalidad.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO:  numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 12 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

485-2022

Sumilla

Se determina que la emisión de la resolución apelada, ha vulnerado el principio de causalidad, debido a que no se ha determinado el nexo causal entre los hechos materia de infracción y la responsabilidad de la impugnante.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0732-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 132245-2021.

IMPUGNANTE: José Luis Orihuela Sotomayor.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 0166-2022-ANA-AAA.CHCH, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del artículo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor José Luis Orihuela Sotomayor.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar  y numeral 4 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Lunes, 12 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

481-2022

Sumilla

Habiéndose determinado que lo decidido por la administración no se encuentra conforme a derecho, debido a que se basó en documentos con incongruencia de fechas que no dan certeza sobre los hechos atribuidos a título de cargo en que fundamento su decisión,  inobservado el requisito de validez del acto administrativo referido a la motivación.

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar  y numeral 4 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0728-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 144540-2021.

IMPUGNANTE: Consorcio Carretero del Perú.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 0428-2022-ANA-AAA.H, por haberse vulnerado los Principios del Debido Procedimiento y de Causalidad, disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA:  Construir o modificar obras sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

522-2022

Sumilla

El consorcio no puede ser considerado como un sujeto para los efectos del cumplimiento de las disposiciones del Derecho Administrativo.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0725-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 21025-2022.

IMPUGNANTE: Pablo César Bautista Roldán y otros.

ÓRGANO: AAA Chancay - Huaral.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Pablo César Bautista Roldán, por no haber acreditado legitimidad para obrar.

Asimismo, se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por las señoras Eusebia Roldán Colán, Alejandrina Roldán Colán y Rosa Amelia Roldán Colán, en calidad de integrantes de la Sucesión intestada de Alejandro Roldán García y Julia Colán Maguiño; en consecuencia nula la Resolución Administrativa Nº 0077-2022- ANA-AAA.CF-ALA.CHH por haberse configurado la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, emitiendo pronunciamiento sobre el fondo de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular presentada por la señora Julia Patricia Roldán Queirolo, corresponde declarar su improcedencia por no haber determinado el lugar de uso del agua, que constituye el objeto de la licencia, incumpliendo las condiciones previstas en el numeral 65.1 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

505-2022

Sumilla

No existe certeza del área materia de transferencia, en acciones y derecho. Por lo tanto, no se encuentra delimitado el lugar de uso del agua para el cual se otorgaría la licencia de uso de agua (vía procedimiento de extinción y otorgamiento), por lo que, se concluye que no se ha determinado el objeto de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0709-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 183670-2021.

IMPUGNANTE: Servicios Mineros S.A.C. 

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 0599-2022-ANA-AAA-CF, por haberse configurado la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y, se dispone la reposición del procedimiento administrativo sancionador, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.18 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Contaminacion de fuentes naturales 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Jueves, 01 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

480-2022

Sumilla

Se notificó el informe final de instrucción al administrado, no tomando conocimiento del análisis respecto a los criterios para la graduación de las multas y la calificación de las infracciones (como leve, grave o muy grave), vulnerando su derecho de defensa.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0701-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 165361-2021.

IMPUGNANTE: Amador Suzuki Suzuki.

ÓRGANO:  AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 302-2022-ANA-AAA-CF, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del procedimiento de conformidad con lo establecido en el numeral 6.11 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras  sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

503-2022

Sumilla

No se aprecia que el órgano instructor haya realizado la propuesta de sanción o la declaración de no existencia de infracción, con lo cual, se advierte que dicho documento fue emitido inobservando las disposiciones establecidas en la norma configurándose, de esta manera un estado de indefensión del impugnante, al habérsele trasladado el Informe Final de Instrucción en tales condiciones.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor