R.TNRCH. Nº 0209-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 73628-2021.

IMPUGNANTE: Andean Superfood S.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la empresa Andean Superfood S.R.L. contra lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 0002-2022-ANA-AAA.H, porque dicha disposición constituye un acto inimpugnable.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Usar, Represar o desviar el Agua sin Derecho o Autorizacion

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Abril, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

058-2022

Sumilla

Se determina que no contiene un acto administrativo, sino un acto de la administración propio de las funciones fiscalizadoras y de supervisión de la Autoridad Nacional del Agua, no afectando los derechos del administrado, por encontrarse dirigido a cuestionar un acto inimpugnable.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0197-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 132870-2021.

IMPUGNANTE: Teófilo Valdivia Pomarino.

ÓRGANO: ALA Ocoña-Pausa.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto el señor Teófilo Valdivia Pomarino contra la Carta Nº 505-2021-ANA-AAA.CO-ALA.OP, porque dicha carta no constituye un acto administrativo. 

MATERIA: Denuncia Administrativa.

SUB MATERIA: Acto Impugnable

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 01 Abril, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

648 – 2021

Sumilla

La Carta emitido como parte del trámite de un procedimiento a instancia de parte no constituye un acto administrativo impugnable.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0196-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 181061-2021.

SOLICITANTE: Lizeth Zaida Huayta Alvarado.

ÓRGANO:  AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación presentada por la señora Lizeth Zaida Huayta Alvarado contra la Autoridad Administrativa del Agua Huallaga, por no haberse acreditado la interposición de un recurso de apelación contra la Resolución Directoral Nº 114-2021-ANA/AAA-HUALLAGA en fecha 03.05.2021. 

Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la señora Lizeth Zaida Huayta Alvarado mediante la Notificación Nº 009-2020-ANA-AAA HUALLAGA-ALA TINGO MARIA, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto legal la Resolución Directoral Nº 114-2021-ANA/AAA-HUALLAGA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA : Queja por Defecto de Tramitación.

MARCO NORMATIVO: Numerales 4 y 5 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 01 Abril, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

090-2022

Sumilla

El impugnante no ha acreditado la existencia del recurso de apelación presentado en fecha 03.05.2021, asimismo se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Numerales 4 y 5 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento
Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0186-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 211063-2021.

IMPUGNANTE: Graciano Parancco Quispe.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Graciano Parancco Quispe contra la Resolución Directoral N° 382-2020-ANA/AAA.CO, por ausencia de agravio.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Usar, Represar o Desviar el Agua Si n Derecho o Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

083-2022

Sumilla

No se ha generado agravio alguno en contra del impugnante, ya que en dicho pronunciamiento por caducidad por tanto no se le impuso sanción alguna.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0181-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 142703-2021.

IMPUGNANTES: Octavio Escobar Espinoza, Cirila Juana Escobar Espinoza y Miriam Concepción Romero Escobar.

ÓRGANO: ALA Ocoña-Pausa.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Octavio Escobar Espinoza y las señoras Juana Escobar Espinoza y Miriam Concepción Romero Escobar contra la Resolución Administrativa N° 0171-2021- ANA-AAA.CO-ALA.OP, en aplicación del precedente de observancia obligatoria dispuesto en la Resolución N° 451-2017-ANA/TNRCH, mediante el cual se establecieron criterios de aplicación a los procedimientos desarrollados bajo competencia de la Autoridad Nacional del Agua, en lo que respecta a la intervención de terceros.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Conclusión del procedimiento

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

El recursos administrativos por terceros ajenos a un procedimiento deben ser declaradas improcedentes de plano.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0179-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 131978-2021.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de La Convención.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de La Convención contra la Resolución Directoral Nº 401-2019-ANA/AAA.UV, por haber sido presentado de manera extemporánea.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o Modificar obras Sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

670-2021

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0169-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 193309-2021.

IMPUGNANTES: Hemer Alejandro Gines Flores y Samuel Cuchapari Chambilla.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

SUMILLA: Se declaran improcedentes los recursos de apelación interpuestos por los señores Hemer Alejandro Gines Flores y Samuel Cuchapari Chambilla contra la Resolución Administrativa N° 0122-2021-ANA.CO-ALA.CL, en aplicación del precedente de observancia obligatoria dispuesto en la Resolución N° 451-2017-ANA/TNRCH, mediante el cual se establecieron criterios de aplicación a los procedimientos desarrollados bajo competencia de la Autoridad Nacional del Agua, en lo que respecta a la intervención de terceros.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Conclusion del Procedimiento

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Miércoles, 23 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

644-2021

Sumilla

El recursos administrativos por terceros ajenos a un procedimiento deben ser declaradas improcedentes de plano.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0170-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 114078-2021.

IMPUGNANTE: Damer Edgar Egúsquiza Meza.

ÓRGANO: ALA Moche-Virú-Chao.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Damer Edgar Egúsquiza Meza contra la Carta N° 0194-2021-ANA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO, porque dicha carta no constituye un acto administrativo.

MATERIA: Denuncia Administrativa .

SUB MATERIA: Acto no impugnable

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 23 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

729-2021

Sumilla

La Carta emitido como parte del trámite de un procedimiento a instancia de parte no constituye un acto administrativo impugnable.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0168-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 16962-2022.

SOLICITANTE: Victoria Josefina Taipe Tello.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación presentada por la señora Victoria Josefina Taipe Tello, debido a que no concurren los requisitos establecidos en el numeral 169.1 del artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA: Queja por defecto de tramitación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Miércoles, 23 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

089-2022

Sumilla

La queja por defecto de tramitación opera siempre que no se haya emitido la resolución definitiva, no se encuentra referido a poner en conocimiento la paralización del procedimiento, el incumplimiento de plazos o que exista un incumplimiento en los deberes funcionales; sino, a manifestar una disconformidad respecto a que la AAA no le otorgó un plazo para que sustente técnicamente la oposición formulada por su padre.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 321° del Código Procesal Civil.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0156-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 96127-2021.

IMPUGNANTE: Daniel Castillo Uceda.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Daniel Castillo Uceda contra la Resolución Directoral N° 2741-2020-ANA-AAA-JZ-V, por haber sido presentado de manera extemporánea.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUB MATERIA: Extemporaneo

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Marzo, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

659-2021

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor