RD Nº 0446-2025-ANA-AAA.CO
Resumen
Establecer la responsabilidad a al CLUB INTERNACIONAL AREQUIPA, imponiéndole una multa de 18.2 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), vigente a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el literal: “b) Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua” del artículo 277 del Decreto Supremo 01-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente N° 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Chili, dentro del tercer día de efectuado el mismo.