SANCIONAR a la Empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474, con una multa equivalente a DOS PUNTO SEIS (2.6) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por el uso del agua subterránea y CINCO PUNTO UNO (5.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por la ejecución de obras hidráulicas respecto del Pozo Tubular con IRHS-11-01-08-1362, ubicado en las coordenadas UTM (WGS 84) 412,963 mE- 8'456,482 mN, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, sin contar con la Autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en las infracciones tipificadas por el numeral 1 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "a" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "b" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.