AMONESTAR mediante la presente resolución a los señores Pablo Alvites Alejo y su cónyuge María Vargas Collantes, por utilizar el agua proveniente del pozo S/C , ubicado en el predio (casa huerta), signado con Mz "O" Lote No 03, de un área total y bajo riego de 482.0000m2, ubicado en el sector Cerro Blanco, distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica, con fines agrícolas, sin contar con el respectivo derecho por la Autoridad Nacional del Agua; infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "a" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente Resolución.