IMPONER, al señor Roberto Calderón Mamani, con DNI N° 01333560, con domicilio en la Urb. Aziruni III Etapa Mz U-03, Lote 04, con domicilio procesal en el Jr. Lima Nº 770, 2do Piso Of. 04 – Puno, sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120°, numeral 6) de la Ley N° 29338, Ocupar el cauce del Rio Jallihuaya, sin la autorización correspondiente, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal f) Ocupar sin autorización los cauces de las aguas. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo.