IMPONER, a la señora Gregoria Ramos de Centeno, con domicilio en el Hostal Campestre Casa Blanca – Centro Poblado de Ichu – Distrito de Puno, una sanción administrativa de multa de Cero coma Cinco (0,5) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120° inciso 1) utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso; en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 277º literal a) usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua. La misma que debe ser cancelada por la infractora en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo