RD Nº 0301-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Declarar Improcedente el pedido de Autorización de Obras Mínimas para el proyecto "Construcción de Puente Carrozable temporal" formulado por Ángel Jaime Vilca Ramirez, conforme lo glosado en la presente resolución

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.A 00120-2010-ANA/ALA-CH

Resumen

OTORGAR  LICENCIA  DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS A FAVOR DE LA SEÑORA CARMELA  QUICAÑO  DE  ESPINOZA PARA LOS PREDIOS  DE UC 32410-32411Y 32412  UBICADOS EN EL BLOQUIE DE RIEGO CANCAHUANI  OJO  DEL MILAGRO CHARACATO  CON CODIGO  PCHI -4801-B10 EN EL AMBITO DE LA COMISION DE REGANTES  CHARACATO  DE LA  JUNTA DE USUARIOS  DEL DISTRITO DE RIEGO  AONA NO REGULADA  

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RD Nº 0300-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Declarar Improcedente el pedido presentado por Vicente Ferrer Gutiérrez Ticona en representación del Comité de Regantes del Pozo IRHS 100; sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo con Pozo de Reemplazo, por los fundamentos considerados en la presente resolución

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0317-2019-ANA

Resumen

CUT N°:107392-2017.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se resuelve declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2612-2016-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por haber sido emitida en contravención del requisito de validez de motivación y el Principio del Debido Procedimiento: asimismo, se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza emita un nuevo pronunciamiento respecto a la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular, presentada por el señor Justino Rubén Mendoza Michuy.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

492-2017

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua cuando el titular del derecho de uso de agua no ha acreditado la transferencia del predio.

Marco normativo

Numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0314-2019-ANA

Resumen

CUT N°:219588-2018.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Echarati.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Se declara de ofício la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Municipalidad Distrital de Echarati a través de la Notificación N° 038-2018-ANA-AAA.UV-ALA.CV de fecha 07.02.2018 dejándose sin efecto la Resolución Directoral N°579-2018-ANA/AAA XII.UV, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento y artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

126-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento y artículo 259° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD Nº 0299-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en la Municipalidad Distrital de Curibaya e imponer sanción de 2,. UIT por "Construir obras permanentes en una fuente natural de agua (carretera asfaltada) sin la debida autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD Nº 0298-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en José Raúl Barrios Sanchez e imponer sanción de 2,5 UIT por "Destinar agua a un predio destinado al autorizado, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0302-2019-ANA

Resumen

CUT N°:217966-2018.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: Se declara improcedente la solicitud de nulidad presentada por el señor Fermín Beltrán Ancajima Ipanaqué contra la Resolución Administrativa N°037-95-RENOM-DRA-ATDRCH-L, debido a que ha prescrito la facultad de este órgano colegiado para ejercer de ofício la potestad de la nulidad administrativa.

MARCO NORMATIVO: Artículo 110° del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, Decreto Supremo 002-94-JUS

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

049-2019

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un periodo de dos años desde que el acto quedó consentido, En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

Marco normativo

Artículo 110° del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, Decreto Supremo 002-94-JUS

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD Nº 0297-2019-ANA-AAA I CO

Resumen

Establecer Responsabilidad en Laura Pajuelo Jiménez de Chino e imponer sanción de 2,0 UIT por "Destinar agua a un predio distinto al autorizado, sin la autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua"

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua