Disponer la inscripción del Ing. DOMINGO PILCO COPAJA en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Otorgar Autorización de ejecución de obras en fuente natural de agua a favor de PROVIAS NACIONAL, para la ejecución del proyecto denominado "Construcción de Puentes por remplazo en la zona Centro Sur del País, correspondiente a la obra Nº 6: Puente Freyre"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen de 22074.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable de la Parcialidad de Chacacruz ", según el plano que forma parte de la presente resolución y conforme al siguiente detalle:
PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N°2580-2017-ANA-AAA- CAÑETE FORTALEZA, DE FECHA 20.11.2017, QUE AUTORIZA EL USO DEL AGUA SUPERFICIAL A LA EMPRESA OBRAS DE INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA - OBRAINSA, POR UN PLAZO ADICIONAL DE DOS (02) AÑOS CALENDARIO (16).
DESESTIMAR LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE USO DE AGUA SUBTERRANEA PARA USO INDUSTRIAL, PRESENTADA POR LA SOCIEDAD DENOMINADA RECOLSA S.A. (19).
Declarar Improcedente el pedido de Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial con fines "otros usos", contenida en la Resolución Directoral Nº 1245-2018-ANA-AAA I CO, de acuerdo a lo glosado en la presente resolución
Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea solicitada por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento La Pradera del Lago, ubicada en el sector La Pradera, distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa
Disponer la inscripción de la empresa CONTRATISTAS GENERALES FRANKA E.I.R.L. en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Disponer la delimitación de Faja Marginal de la Quebrada Añashuayco en un tramo de 0,350 km, con información contenida en el Estudio hidrológico para delimitación de la faja marginal" presentado por la Asociación Agrupación Vecinal Vivienda Taller Pequeño Avelino y la Asociación Agrupación Vecinal Crucero II