AMONESTAR mediante la presente resolución a la señora Leandra Champe Viuda de Chalco, identificada con DNI N° 21470251, por haber incurrido en la infracción tipificada en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) "Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Administrativa del Agua" del artículo 277 de su Reglamento, al haberse acreditado el uso el agua superficial proveniente del manantial "Puquio Ccata", ubicado en el sector Umanizo, distrito de Ocaña, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, sin contar con el correspondiente derecho de uso de agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.