SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Chaviña, con RUC Nº 20287533811, con una multa equivalente a 2.50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por efectuar el vertimiento de aguas residuales hacia el Río Calicanto, mediante tuberías de concreto, ubicadas en las coordenadas UTM (WGS 84) 625, 159 mE- 8'343,678 mN y UTM (WGS 84) 625,211 mE - 8'343,703 mN., ubicado en el distrito de Chaviña, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, sin contar con autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada por el numeral 9 del artículo 120º de la Ley Nº29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "d" de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 023-2014-MlNAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.