RD N° 0342-2018-ANA-AAA-MDD
Resumen
APROBAR, de oficio el ancho mínimo de la faja marginal del ria lnambari, siendo de 25 metros, en un tramo de 4.42 km, en su margen izquierda y derecha, conforme a los criterios establecidos en el artículo 12º del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales aprobado mediante la Resolución Jefatura! Nº 332-2016-ANA. La faja marginal está conformada por las áreas inmediatas superiores a la ribera de dicho cauce natural, y son consideradas zonas de riesgo no mitigables.