Aprobarla Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial para Uso Productivo Energético proveniente del río Tocache, para desarrollar el proyecto “Central Hidroeléctrica Tocache I”, ubicado en el distrito de Shunte, provincia de Tocache, departamento de San Martín”.
Sancionar al administrado juan Roberto Mendoza Alvarado, con una Multa de cero coma cinco (0,5) de la Unidad Impositiva Tributaria, por la infracción leve en materia de recursos hídricos tipificada, por destruir las defensas naturales en la margen derecha del río Monzón.
Sancionar a la administrada nirvana Tadeo zambrano, con una Multa de cero coma cinco (0,5) de la Unidad Impositiva Tributaria, por la infracción leve en materia de recursos hídricos por ocupar la faja marginal izquierda del río Higueras delimitada con Resolución AdministrativaN°110-97-RAAC-DSRA-HCO/ATDR-AH.
Sancionar a la administrada pricila solis mariano, con una Multa de cero coma cinco (0,5) de la Unidad Impositiva Tributaria, por la infracción leve en materia de recursos hídricos, por ocupar la faja marginal izquierda del Rio Higueras delimitada con Resolución AdministrativaN°110-97-RAAC-DSRA-HCO/ATDR-AH.
sancionar al administrado Christian gianmarco zambrano lucero, con una Multa de cero coma cinco (0,5) de la Unidad Impositiva Tributaria, por la infracción leve en materia de recursos hídricos , por ocupar la faja marginal izquierda del río Higueras delimitada con Resolución AdministrativaN°110-97-RAAC-DSRA-HCO/ATDR-AH.
Autorizar al Comitéde Regantes Alto Plantanoyacu, la Ejecución de Obra Mínima en Fuente Natural de Agua, para desarrollar el proyecto denominado “Conformación de platea estabilizadora con roca en cauce del Río Yuracyacu”,ubicado en el distrito Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, departamento de San Martín.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolucion Administrativa N° 0150-2008-GRA/GRAG-ATDR.CSCH, de fecha 24/06/2008, otorgada a favor de HUAMANI COPA LUCAS DONATO, respecto a la unidad operativa Cod: 35601, LACCO.
Sancionar a José Manuel Cubas Malea, identificado con DNI N° 16762297, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.