Sancionar administrativamente a doña Martina Ccacca Mamani De Ccacca, con DNI 25845832, por estar ocupando la faja marginal del río Rímac a su margen derecha, específicamente en la Zona 13, Lote 9 del Asentamiento Humano - Asociación Agropecuaria Chillón, Parque Porcino Predio Rural -UC 008277, distrito de Ventanilla, provincia constitucional del Callao, entre los hitos 15 y 16, prevista como infracción en el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por D.S 001- 2010-AG, la cual se califica como grave y se impone como sanción una multa ascendente a «2,1» UIT vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.