RESULEVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS), de la localidad deLayme, Licencia de Uso de Agua Poblacional en vías de regularización, de las aguas provenientes de los manantiales Beranchacra y Minunya Huaycco, ubicados en la comprensión de la comunidad campesina de Layme, Distrito Tapayrihua, Provincia Aymaraes, Departamento y Región Apurímac, por un caudal acumulado de cero punto sesenta y seis litros por segundo (0.66 lps) y un volumen anual de veinte mil ochocientos trece punto setenta y seis metros cúbicos (20,813.76 m3),conforme a los cálculos establecidos así como la proyección de uso de agua hacia los veinte (20) años, de acuerdo a los datos técnicos y a la distribución mensual siguiente