ARTÍCULO PRIMERO.- Conformar el bloque de riego denominado Comité de Usuarios de Riego Sicuna, para efectos del otorgamiento de la licencia de uso agrícola.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Otorgar al Comité de Usuarios de Riego Sicuna, cuya relación de usuarios se adjunta anexo al presente, Licencia de Uso con Fines Agrícolas en vía de regularización, de las aguas provenientes de las quebradas Atiso - Cuculihuaycco, Toma Yanamachay y Hatunmonte, ubicadas en la comprensión de la comunidad campesina Sicuna distrito Lucre, provincia Aymaraes, departamento y región Apurímac, por un caudal acumulado de diecisiete litros por segundo (17.00 lps), equivalente a una masa anual de ciento setenta mil metros cúbicos (170,000.00 m3), para el riego de diecisiete hectáreas (17.00 ha.),de acuerdo al siguiente detalle: