Sancionar, a Roberto Ruiz Silupú, identificado con DNI Nº 02733299, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Samuel Flores Guayanay, identificado con DNI N° 80572227, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Walter Jesús García Gómez, Identificado con DNI Nº 80370559, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Sarnuel Yahuana Rondoy, identificado con DNI Nº 42171859, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar, a Jorge Zeta Arismendiz, identificado con DNI N° 02734475, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar,a Vlctor Hugo Ruiz Viera, identificado con DNI N° 40643768, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR el ABANDONO de la solicitud, presentado por el Sr Kid Merling Alomia Bartra, identificado con DNI Nº 10148632, quien solicitara Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterranea, del predio ubicado en Lote Nº 08, Manzana B, Villa Migdal Shalon- Ñaña, Distrito de Lurigancho-Chosica, Provincia y Departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR el ABANDONO de la solicitud, presentado por el Sr Neftali Bias Mendoza Tenazoa, identificado con DNI Nº 29678269, quien solicitara Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterranea, del predio ubicado en Lote Nº 06, Manzana A, Vila Migdal Shalon- Nana, Distrito de Lurigancho-Chosica, Provincia y Departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR la Extincion de las Licencia de Uso de agua Subterranea, con fines Consumo Humano, otorgada mediante la Resolucion Administrativa Nº 0451-2009-ANA/ALACHRL de fecha 26 de agosto del 2009, la misma que esta registrada a nombre de la Asociacion de Vivienda los Trabajadores de Centromin Proyecto Nana
ARTICULO PRIMERO: AUTORIZAR a la referida Empresa Inmobiliaria Masias SAC con RUC Nº 20510915748, para que en el plazo de un (01) ano proceda a la Ejecución de los trabajos de Reprofundización de 75,00 metros (siendo la profundidad final del pozo de 100.00 metros), del pozo ubicado entre las coordenadas referenciales UTM (PSAD 56): 299,464 m E y 8642,129 m N 6 coordenadas UTM (WGS 84): 299,243 m E y 8 642,761 m N y en el ex fundo Genoveva conformado por las Unidades Catastrales Nº 10522, 10527 Y 10528 - Pampa Cachetoro Huarangal del Distrito de Lurin y de la Provincia y Departamento de Lima; bajo apercibimiento de que cumplido el plazo se declare la CADUCIDAD de la Autorización otorgada.