Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº101-2006-GOB-REG-PIURA-DRA-P-AAP-ATDRMBP,
.· Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Rosa Maria lpanaque Yovera, para el predio con U.C. N° 080674, con agua proveniente del río Chira,
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, en vfa de Regularización la perforación del pozo de a Tajo Abierto, situado en las coordenadas UTM (PSDA 56): 274,167 m, E y 8681,813 m, Ny UTM 0NGS 84): 273,946 m, E y 8 681,444 m, N, ubicado en la Calle Villa Malecón MZ H, Lote 16, Asociaci6n de Vivienda Chillón, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima, Valle del Chillón,
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Maria Josefina Sanchez Ruiz, para el predio S/U.C, con agua proveniente del río Chira
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente la Sra Maria Benita Tapia Calle, identificada DNI Nº 01210829, con el pago de una multa del 3 % de la UIT, monte equivalente al día en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338 Y demas normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que debera de ser cancelada en el plazo de (15) quince días calendarios contados a partir de la recepción de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación N° 0000-877174, correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua; bajo apercibimiento de duplicarse, de conformidad a Ley.
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente al Sr Felix Alfredo Quilca Quispe, identificado DNI Nº 07694021, con el pago de una multa del 3 % de la UIT, monte equivalente al dia en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hidricos - Ley Nº 29338 Y demas normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que debera de ser cancelada en el plazo de (15) quince dras calendarios contados a partir de la recepción de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000-877174, correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua; bajo apercibimiento de duplicarse, de conformidad a Ley.