RESULVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) de la comunidad campesina de Quiscabamba, Licencia de Uso de Agua Poblaclonal en vías de regularización, de las aguas provenientes de los manantiales Chaquitasta,,Machaqhuayniyoq y Tintinilloc, ubicados en la comprensión de la localidad Quiscabamba, DistritVilcabamba, Provincia Grau, Departamento y Región Apurímac, por un caudal acumulado de cero punto veinticinco litros por segundo (0.25) lps, y una masa anual de siete mil ochocientos ochenta y cuatro metros cúbicos (7 884.00 rrr'), conforme a los cálculos establecidos así como laproyección de uso de agua hacia los veinte (20) años, de acuerdo a los datos técnicos y a la distribución mensual siguiente;