Sancionar a García Valladares Felix, identificado con DNI N" 03624472, por infringir el numeral 1} del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico La General, conformada por los usuarios que utilizan las aguas del Canal de Derivación La General, adecuada a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, precisando que en ámbito del mencionado comité aún no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.
Sancionar a García Valladares Felix, identificado con DNI N° 03624472, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
ARTICULO PRIMERO:APROBAR, en via de Regularizaciónla perforación del pozo a Tajo Abierto, situado en las coordenadas UTM (WGS 84): 295078 m. E y 8 644 220 m. N, ubicado en la Calle 3 (Calle Los Rosales), Manzana U, Lote 13, Urbanización Huertos de Lurin, Distrito de Pachacamac,Provinciay Departamentode Lima, Cuenca del Rio Lurin
Sancionar a Ordinola Castillo Ricardo, identificado con DNI Nº 03647621, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Riofrio Rojas Grecia Lucia, identificado con DNI Nº 43399558, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
DECLARAR, al Comité de Usuarios del Canal de Riego Yurajpata - La Merced, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del manantial Yurajpata, adecuado a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, precisando que en ámbito del mencionado comité aún no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.