Articulo 1°.- Otorgar permiso de uso de agua superficial en épocas de superavit hidricó, para uso productivo de tipo agrario, proveniente del rio Santa Ana, captados mediante la Bocatoma Santa Ana, ubicada geograficamente según Datum WGS 84 Proyección UTM Zona 17s en las Coordenadas E 735129, N9177454 y conducidad a travez del CD Santa Ana L1 la Cienegá, L2 Pay Pay, en el Ambito de la Comisión de Regantes Santa Ana, de la Junta de Usuarios Alto Chicama -Cascas, resultante del ejercicio del derecho de los titulares de licencia de uso de agua, segun la disponibilidad hidrica y conforme sea aprobado en los planes de Distribución de Agua.