Declarar Improcedente la Solicitud de Rectificación y Aclaración de la Resolución Adminfstrativa: R.A. 0274-2011-ANA/ALA-CUSCO, de fecha 10 de mayo del 2011 para que se considere a las Fuentes Hídricas Aportantes o Tributarios del rio Yanabuara; en razón que la Resolución Administrativa N° 0274-2011-ANA/ALA CUSCO, ha cumplido con lo requerido por la Ley y el Reglamento de la Ley de Recursos Hldrícos, así como el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua, vigente al momento de su expedición, cumpliendo también con los requisitos de validez establecidos para un Acto Admrinistrativo por la Ley 27444, al expresar claramente su objeto, de modo que determina inequivocamente sus efectos jurídicos, ajustándose su coníendo a lo dispuesto en la normativa de los recursos hídricos, y porque no adolece de errores materiales o numéricos que reorregrir ni de imprecisiones o incongruencias que aclarar.