IMPONER a la CONSTRUCTORA DIAMONT S.A. C., representada por su Gerente General Nelly Doris Mamani Miranda, una multa pecuniaria de 7.00 UIT., vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120º inciso 5) por obstruir el cauce del río Torococha. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.