RD N° 0515-2025-ANA-AAA.MAN
Resumen
Sancionar a la Municipalidad Provincial de Junín, con una multa equivalente a dos coma cinco (2,5) Unidades Impositivas Tributarias (por reducción de multa en aplicación de la condición atenuante de responsabilidad por infracciones), al haberse configurado la comisión de la infracción GRAVE tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, materializándose la infracción por: “Efectuar vertimiento de aguas residuales hacia el rio Chacachimpa en coordenadas UTM WGS 84 – 18S: 388686E y 8765838N y al río Ricrancucho en coordenadas UTM WGS 84 – 18S: 389779E y 8765126N, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”.