CUT: 190925-2023.
ADMINISTRADO: Asociación Agropecuaria Valle 2000.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Autorización o modificación deobras sin autorización.
SUMILLA: Se acredita la causalidad, cuando la autoridad, en la verificación de campo identifica la ejecución de la obra por parte del administrado, quien, además reconoce en dicho acto los hechos materia de sanción.
MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su reglamento.
SENTIDO: Infundado.
SANCION: 4.9 UIT - Grave.