R.TNRCH. Nº 0488-2021-ANA

Resumen

CUT N°:72475-2021.

IMPUGNANTE: Corporación Miyasato S.A.C.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de los Recursos Hídricos.

MATERIA: Prórroga de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales.

SUBMATERIA: Renovación (o Prorroga) de autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Miyasato S.A.C. contra la Resolución Directoral N°062-2021-ANA-DCERH, por haber sido emitida en contravención al derecho de una debida motivación de las resoluciones, disponiéndose la reposición del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

325-2021

Sumilla

La Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos se refiere  que el  acto administrativo tiene un incumplimiento de manera general de los requisitos establecidos en la Ley de Recursos Hídricos, sin embargo, no ha especificado en el acto administrativo en cuestión, el requisito especifico no cumplido.

Marco normativo

Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0494-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 76680-2021.

IMPUGNANTE: Epifanía Melania Asencios Jara.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Epifanía Melania Asencios Jara contra la Resolución Administrativa N°035-2021-ANA-AAA.CF-ALA.B; en consecuencia, nula la misma, debido a que el referido acto administrativo contiene un vicio en la motivación y se dispone la reposición del procedimiento administrativo conforme se señala el numeral 6.4 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

255-2021

Sumilla

La resolución impugnada fue emitida sin una debida motivación, siendo este un requisito que determina la validez del acto administrativo, transgrediendo el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0467-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 41963-2021.

IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios de Agua de las Microcuencas Huaytampo y Runtumayo.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Comisión de Usuarios de Agua de las Microcuencas Huaytampo y Runtumayo, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N°069-2021-ANA.AAA.UV por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.14 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO:  artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                                                   Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

280-2021

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua consideró como motivo para denegar la formalización del uso del agua al administrado,  la existencia de una Licencia de uso de agua a terceros, sin embargo, no realizó un análisis sobre la acreditación de disponibilidad hídrica, puesto que el apelante viene haciendo uso del recurso hídrico.

Marco normativo

 artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                                         Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0466-2021-ANA

Resumen

CUT N°:31595-2021.

IMPUGNANTE: Elisván Delgado Cadenillas.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Elisván Delgado Cadenillas contra la Resolución Directoral N°1283-2020-ANA-AAA.M y, en consecuencia, nula la referida resolución, disponiéndose la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado con la Notificación N°021-2020-ANA-AAA.M-ALA.BS. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 y 2 del Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

320-2021

Sumilla

Existe una incongruencia en la evaluación por la Administracion Local del Agua, respecto a los hechos que se le imputaron en el inicio del procedimiento y los hechos evaluados en el Informe Técnico, asi como en la propia resolución apelada, lo que evidencia una motivacion contradictoria.

Marco normativo

Numeral 1 y 2 del Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0443-2021-ANA

Resumen

CUT N°:32259-2021.

IMPUGNANTE: Consorcio Agua Azul S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rímac - Lurín.

MATERIA: Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica.

SUBMATERIA: Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Consorcio Agua Azul S.A. contra la Resolución Administrativa/ Nº083-2021-ANA-AAA-CF-ALA.CHRL, en consecuencia NULA la indicada resolución. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento de acuerdo con el numeral 6.14 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: numeral 4.4 del articulo 4 de la Resolución Jefatural N°307-2015-ANA.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

091-2021

Sumilla

El valor de la tarifa por utilización de la infraestructura hidráulica menor propuesta por la Junta Usuarios, no ha sido calculado utilizando el aplicativo SICTA, siendo  una forma distinta señalada en la norma, por lo que, corresponde declarar la nulidad del acto administrativo y reponer el procedimiento hasta el momento que se produjo el vicio.

Marco normativo

numeral 4.4 del articulo 4 de la Resolución Jefatural N°307-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0436-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 75783-2021.

IMPUGNANTE: Summa Gold Corporation S.A.C.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

MATERIA: Renovación de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Industriales Tratadas.

SUBMATERIA: Renovación (o Prorroga) de autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Roberto Amayo Martínez contra la Resolución Directora/ Nº 693-2017-ANA-AAA.H.CH, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

269-2021

Sumilla

Incurre en causal de nulidad, por cuanto se ha trasgredido el principio de Debida Motivación, por tanto, reposición del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0450-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 54091-2021.

IMPUGNANTE: José Ángel Huaranca Callo.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras Mínimas.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor José Ángel Huaranca Callo contra la Resolución Directoral N°110-2021-ANA/AAA.UV, y en consecuencia nulo el referido acto administrativo por haberse advertido una motivación aparente y se dispone la reposición del  presente procedimiento administrativo. 

MARCO NORMATIVO: artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                           Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO 

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

264-2021

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua  realizó una motivacion insuficiente para denegar la solicitud de Autorización de ejecución de obras mínimas, por cuanto no contiene la evaluación de aspectos técnicos.

Marco normativo

artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                           Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0451-2021-ANA

Resumen

CUT N°:62539-2021.

IMPUGNANTE: Statkraft Perú S.A.

ÓRGANO: ALA Jequetepeque.

MATERIA: Tarifa de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Tarifa de uso de agua

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Statkraft Perú S.A contra la Resolución Administrativa N°70-2021-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ y nula la referida resolución por la configuración de la causal prevista en el numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiendo la reposición del procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

327-2021

Sumilla

El Tribunal verifica que el administrado tiene la condición de ser el único con fines energéticos en el sistema hidráulico y la utilización de dicha infraestructura implica sus derechos o intereses legítimos, por lo que, considera que el administrado cuenta con capacidad para obrar dentro del presente procedimiento y no debio ser considerada como tercero administrado. 

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0438-2021-ANA

Resumen

CUT N°:81556-2021.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua de los Manantiales Filoque y Los Panales.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua de los manantiales Filoque y Los Panales, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N°519-2021-ANA-AAA-JZ-V por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del articulo 10" de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.9 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                              Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

274-2021

Sumilla

La Administracion Local del Agua debió de evaluar si el Comité de Usuarios cumplió o no con acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua, conforme a los requisitos establecidos en la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, sin embargo,  la administración evaluó la verificacion Técnica de campo, incurriedo el acto administrativo en nulo, y reponer el procedimiento hasta el momento que se produjo el vicio.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                                                                                                                               Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0426-2021-ANA

Resumen

CUT N°:34392-2021.

IMPUGNANTE: Octavio Humberto Arroyo Bonilla.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Octavio Humberto Arroyo Bonilla contra la Resolución Directoral N°039-2021-ANA/AAA-HUALLAGA y nula la referida resolución, por la configuración de la causal prevista en el numeral 10.1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiendo el archivo del procedimiento administrativo sancionador, por haberse vulnerado los principios de causalidad y licitud.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

181-2021

Sumilla

Se pude concluir que la emision de la Resolucion emitida por  la Autoridad ha vulnerado los principios de causalidad y  presuncion de licitud, la misma ha sido emitida en base a presunciones y no en un nexo causal .

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor