R.TNRCH. Nº 0196-2023-ANA
Resumen
CUT N°: 239469-2019
IMPUGNANTES: Nicanor Quispe Mamani y José Antonio Damián Narciso
ORGANO: AAA Caplina-Ocoña
MATERIA: Licencia de Uso de Agua
SUBMATERIA: Formalización y Regularización de Licencia de Uso de Agua
SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por los señores Nicanor Quispe Mamani y José Antonio Damián Narciso contra la Resolución Directoral Nº 0017-2022-ANA-AAA.CO, debido a que se emitió conforme a derecho.
MARCO NORMATIVO: Literal d) del numeral 4.2 del artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.
SENTIDO: Infundado
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Para acreditar el desarrollo de la actividad para la que se destina el uso del agua, el acta o documento emitido por la autoridad sectorial competente deberá acreditar la inspección oficial en los últimos cinco (05)
años a las instalaciones o lugar en donde se usa el agua; por lo tanto, dichos documentos no acreditan el uso público, pacífico y continuo al 31.12.2014.
Marco normativo
Literal d) del numeral 4.2 del artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.