R.TNRCH. Nº 0044-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 30068-2020

IMPUGNANTE: Compañía Minera Poderosa S.A.

ORGANO: DCERH

MATERIA: Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Tratadas

SUBMATERIA: Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Tratadas

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Compañía Minera Poderosa S.A, en consecuencia nula la Resolución Directoral Nº 0138-2022-ANA-DCERH; disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo conforme a lo señalado en el numeral 6.2 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10º, numeral 4 del artículo 3º, numeral 6.2 del artículo 6º, 24.1.1 del artículo 24°, numeral 27.1 del artículo 27º, numeral 227.2 del artículo 227º y numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

494-2022

Sumilla

Se configura el saneamiento de una notificación defectuosa, por lo que corresponde determinar que la notificación surtirá efectos legales a partir de la fecha en que la administrada manifiesta haberla recibido.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 10º, numeral 4 del artículo 3º, numeral 6.2 del artículo 6º, 24.1.1 del artículo 24°, numeral 27.1 del artículo 27º, numeral 227.2 del artículo 227º y numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0042-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 199666-2022

IMPUGNANTE: Guillermo Jorge Adawi Zarzar y Ana Luis Buhring de Adawi

ORGANO:  AAA Caplina-Ocoña

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal

SUBMATERIA:  De oficio

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por los señores Guillermo Jorge Adawi Zarzar y Ana Luis Buhring de Adawi contra la Resolución Directoral N° 2033-2018-ANA/AAA I C-O de fecha 26.12.2018, debido a que la delimitación de la faja marginal fue realizada de oficio, por lo que un tercero carece de legitimidad para cuestionar la decisión de la Autoridad.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 3 del artículo 15°, de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 117° y numeral 4 del artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Improcedente

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

839-2022

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación, por falta de legitimidad, cuando se pretende cuestionar la delimitación de faja marginal realizada de oficio.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 15°, de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 117° y numeral 4 del artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0041-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 33121-2022

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Ollachea

ORGANO:  AAA Madre de Dios

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Campesina de Ollachea contra la Resolución Directoral Nº 0111-2022-ANA-AAA.MDD, por haberse emitido conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 81º y 82º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 12º de la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

430-2022

Sumilla

Las oposiciones de terceros en los procedimientos de acreditación de disponibilidad hidrica, deben formularse sobre la base de pruebas técnicas y legales fehacientes, que sustenten la ausencia de recursos hidricos o la afectación de derechos de uso de agua vigentes.

Marco normativo

Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 81º y 82º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 12º de la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0040-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 153036-2021

IMPUGNANTE: Grimaldo Chillihuani Choqque y Gumercindo Crispín Condori.

ORGANO:  AAA Urubamba – Vilcanota

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hidricos

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por los señores Grimaldo Chillihuani Choqque y Gumercindo Crispín Condori contra la Resolución Directoral Nº 0225-2022-AAA.UV. Asimismo, se deja sin efecto las imputaciones relacionadas con las infracciones tipificadas en los literales b) y o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120º, numeral 7 del artículo 5 de la Ley de Recursos Hídricos y literales b) y o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Inhibición

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

448-2022

Sumilla

La actividad de cateo y prospección es de libre ejercicio en todo el territorio nacional; sin embargo, dicha actividad no autoriza a que se dañen las fuente de aguas.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120º, numeral 7 del artículo 5 de la Ley de Recursos Hídricos y literales b) y o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0039-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 165201–2022 

ORGANO:  AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Abstención

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de otorgamiento de autorización para la ocupación futura de la faja marginal del río Lurín promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Abstención

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

890–2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0038-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 154141–2022

ORGANO:  AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Abstención

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de otorgamiento de autorización para la ocupación futura de la faja marginal del río Lurín promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstención

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

891 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0037-2023-ANA

Resumen

CUT N°:  238509-2022 

ORGANO:  AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Abstención

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de otorgamiento de una licencia de uso de agua subterránea del pozo P-688 denominado “AZNAPUQUIO P-5” promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Abstención

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

007 – 2023

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0036-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 234315-2022

ORGANO:  AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA:  Abstención

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea del pozo N° 909 “Villaverde” promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Abstención

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

008-2023

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0043-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 146512-2022

SOLICITANTE: Juan Francisco Osores Parodi.

ORGANO:  ALA Mala- Omas – Cañete

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua

SUBMATERIA: Inventario de Infraestructura Hidráulica

SUMILLA: Se declara, por mandato judicial, la suspensión de los efectos de la Resolución Administrativa N° 0174-2022-ANA-AAA.CF-ALA.MOC, en el extremo que incluye el dren colector Bujama en el inventario de infraestructura hidráulica de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Mala–Omas-Cañete–Clase  C.


Se declara que el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no puede emitir pronunciamiento de fondo respecto a la solicitud de nulidad de oficio presentada por el señor Juan Francisco Osores Parodi de la Resolución Administrativa N° 0174-2022-ANA-AAA.CF-ALA.MOC, debido a que su pretensión es de conocimiento de la autoridad jurisdiccional.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú.
Artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Numeral 199.4 del artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Suspensión de pronunciamiento

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

637-2022

Sumilla

El Tribunal pierde competencia para emitir pronunciamiento debido a que existe un proceso judicial.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú.
Artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Numeral 199.4 del artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0035-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 234348-2022

ORGANO:  AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Abstención

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea del pozo N° 839 “Jerusalén C-11 (Ca-10)” promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Abstención

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

009 - 2023

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor