R.TNRCH. Nº 0132-2025-ANA
Resumen
CUT: 18790-2025.
SOLICITANTE: Graciano Alfredo León Minaya.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento administrativo general.
SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.
SUMILLA: El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es la competente para evaluar quejas por defecto de tramitación dirigidos contra la Unidad de Ejecución Coactiva.
MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículos 28°, 29° y 33° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Nacional del Agua.
SENTIDO: Remitir expediente.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es la competente para evaluar quejas
por defecto de tramitación dirigidos contra la Unidad de Ejecución Coactiva.
Marco normativo
Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículos 28°, 29° y 33° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.