R.TNRCH. Nº 0338-2025-ANA

Resumen

CUT: 250242-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Cangallo.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1040-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0337-2025-ANA

Resumen

CUT: 16283-2021.

IMPUGNANTE: Jacqueline Rosana Latorre Béjar, Maritza Evelyn Latorre de Mérida y Waldo Latorre Béjar.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es nula la resolución cuando la autoridad sustenta su decisión en premisas no verificadas ni sustentadas.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado y retrotraer.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

738-2024

Sumilla

Es nula la resolución cuando la autoridad sustenta su decisión en premisas no verificadas ni sustentadas

Marco normativo

Numerales 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0336-2025-ANA

Resumen

CUT: 111468-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Agua y Servicios de Saneamiento del Centro Poblado El Azufre.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de tercero no procede cuando el procedimiento ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Confirmar.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

873-2024

Sumilla

La intervención de tercero no procede cuando el procedimiento ha concluido

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0335-2025-ANA

Resumen

CUT: 268617-2024.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

329-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0334-2025-ANA

Resumen

CUT: 157099-2024.

IMPUGNANTE: Jesús Elías Cárdenas Valdez.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Notificación.

SUMILLA: La notificación bajo puerta del acto administrativo es válida cuando se cumple con la formalidad de la doble visita en el domicilio señalado por el administrado en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 21. 5 del artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1232-2024

Sumilla

La notificación bajo puerta del acto administrativo es válida cuando se cumple con la formalidad de la doble visita en el domicilio señalado por el administrado en el procedimiento.

Marco normativo

Numeral 21. 5 del artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0333-2025-ANA

Resumen

CUT: 214526-2024.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

328-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0332-2025-ANA

Resumen

CUT: 52003-2024.

IMPUGNANTE: Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La infracción de realizar vertimientos de aguas residuales sin autorización, se configura cuando pese a que se alega una situación de emergencia, la continuidad de la situación, sin corregirla, denota intencionalidad.

MARCO NORMATIVO: El numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

924-2024

Sumilla

La infracción de realizar vertimientos de aguas residuales sin autorización, se configura cuando pese a que se alega una situación de emergencia, la continuidad de la situación, sin corregirla, denota intencionalidad.

Marco normativo

El numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0331-2025-ANA

Resumen

CUT: 167018-2024.

SOLICITANTE: Víctor Fonseca Azabache.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERI: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto quedó consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado mediante el Decreto Legislativo N° 1272.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1050-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto quedó consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado mediante el Decreto Legislativo N° 1272.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0330-2025-ANA

Resumen

CUT: 81846-2023.

ADMINISTRADA: Elena Uchasara Saire de Mamani.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento.

SUMILLA: Es nula la resolución que resuelve declarar la extinción y otorgamiento de una licencia de uso de agua cuando no se ha considerado a todos los propietarios del predio objeto del derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Nulo de oficio y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

167-2025

Administrado

Elena Uchasara Saire de Mamani

Sumilla

Es nula la resolución que resuelve declarar la extinción y otorgamiento de una licencia de uso de agua cuando no se ha considerado a todos los propietarios del predio objeto del derecho.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0329-2025-ANA

Resumen

CUT: 59614-2024.

IMPUGNANTE: Marta Aida Bustamante Yactayo de Arce.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: La ocupación de la faja marginal se acredita cuando el área ocupada se encuentra bajo el control del infractor.

MARCO NORMATIVO: Literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1074-2024

Sumilla

La ocupación de la faja marginal se acredita cuando el área ocupada se encuentra bajo el control del infractor.

Marco normativo

Literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas