R.TNRCH. Nº 0748-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 95150-2022.

IMPUGNANTE: Ricardo Quispe Cuba en representación de la Comunidad Campesina de Laramate.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica solo certifica la existencia de agua en cantidad, calidad y oportunidad, no confiere derecho de posesión o propiedad sobre terreno comunal.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

167-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica solo certifica la existencia de agua en cantidad, calidad y oportunidad, no confiere derecho de posesión o propiedad sobre terreno comunal.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0741-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 89603-2022.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Agua Potable Ernesto Ghunter.

ORGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe agua para el proyecto solicitado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 02 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

053-2024

Sumilla

No corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe agua para el proyecto solicitado.

Marco normativo

No corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe agua para el proyecto solicitado.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0735-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 48798-2023.

IMPUGNANTE: Asociación de Vivienda Los Pioneros de Rita Salva.

ORGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: El reconocimiento expreso de responsabilidad implica que el administrado admite haber cometido la infracción sin ningún tipo de condicionamiento, por tanto, cuando se pretende justificar la conducta con argumentos propios de un descargo, no configura la condición atenuante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 257° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 02 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

198-2024

Sumilla

El reconocimiento expreso de responsabilidad implica que el administrado admite haber cometido la infracción sin ningún tipo de condicionamiento, por tanto, cuando se pretende justificar la conducta con argumentos propios de un descargo, no configura la condición atenuante.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 257° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0733-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 111304-2023.

SOLICITANTE: Nayeli Brighit Cuno Quispe.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar o desviar los cauces de agua sin la autorización correspondiente.

SUMILLA: Los cauces naturales de agua constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación no autorizada constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal f) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 02 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

398-2023

Sumilla

Los cauces naturales de agua constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación no autorizada constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal f) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0732-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 37716-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Super Pig´s S.A.C.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: Cualquier defecto en la anticipación de la notificación se subsana cuando se acredita que el administrado tomó conocimiento previo de la inspección programada.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 31 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

045-2024

Sumilla

Cualquier defecto en la anticipación de la notificación se subsana cuando se acredita que el administrado tomó conocimiento previo de la inspección programada.

Marco normativo

Numerales 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0731-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 195483-2021.

IMPUGNANTE: Cantarana S.A.C.

ORGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Prórroga de autorización de vertimiento de aguas residuales.

SUMILLA: No procede otorgar la renovación de la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas cuando el solicitante no cumple con levantar las observaciones formuladas por la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 140.2 del artículo 140° y el artículo 136° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 31 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

602-2023

Sumilla

No procede otorgar la renovación de la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas cuando el solicitante no cumple con levantar las observaciones formuladas por la autoridad.

Marco normativo

Numeral 140.2 del artículo 140° y el artículo 136° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0718-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 11945-2021.

IMPUGNANTE: Eder Martín Polo Cruzado.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Obras mínimas.

SUMILLA: La ejecución de obras de defensa que alteren un cuerpo natural de agua no constituye obras mínimas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

828-2023

Sumilla

La ejecución de obras de defensa que alteren un cuerpo natural de agua no constituye obras mínimas.

Marco normativo

Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0697-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 187750-2023.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Puno.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras sin autorización.

SUMILLA: La infracción por ejecución de obras en fuentes de agua y bienes naturales asociados, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, se configura cuando se trata de obras de cualquier tipo, sean hidráulicas o no, como ocurre en el caso de la construcción de un puente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

181-2024

Sumilla

La infracción por ejecución de obras en fuentes de agua y bienes naturales asociados, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, se configura cuando se trata de obras de cualquier tipo, sean hidráulicas o no, como ocurre en el caso de la construcción de un puente.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0695-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 132960-2022.

IMPUGNANTE: Machu Picchu Foods S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados.

SUMILLA: Las infracciones de peligro abstracto no requieren acreditar contaminación o deterioro.

MARCO NORMATIVO: Literal q del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

599-2023

Sumilla

Las infracciones de peligro abstracto no requieren acreditar contaminación o deterioro.

Marco normativo

Literal q del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0689-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 180823-2022.

IMPUGNANTE: TAL S.A.

ORGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículos 1666° y numeral 10 del artículo 1681° del Código Civil; y, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

756-2023

Sumilla

La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Artículos 1666° y numeral 10 del artículo 1681° del Código Civil; y, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas