SANCIONAR al señor Pedro Reynaldo Muñoz Chávez, identificado con DNI N° 21559777, con una multa equivalente a 2.01 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por la obstrucción de los bienes artificiales asociados al agua, como son el camino de vigilancia y canal "Muñoz" con plantaciones de vid, en los puntos de las coordenadas UTM (WGS 84) 425,895 mE- 8'430,774 mN hasta el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 425,224 mE - 8'430,627 mN, en el sector Hurango Mocho, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, incurriendo en la conducta tipificada como infracción en materia de recursos hídricos por el numeral 5 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordantes con el literal "o" de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.