Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agricola, a favor de Martino Mío Alejandro lldefonso, proveniente de un pozo a tajo abierto con código IRHS 249,
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Lateral 2, conformada por los usuarios que utilizan las aguas del Canal Principal Bella Unión en la progresiva 17+200 Km. comprendido en el Subsector Hidráulico Lateral 2 del Sector Hidráulico Menor Bella Unión - Clase C, adecuada a la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
DECLARAR, al Comité de Usuarios Unión Cocopa, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de la quebrada Cocopa y Mishquiyacu, comprendido en el Sub Sector Hidráulico Cumbaza, el cual forma parte del Sector Hidráulico Menor Bajo Mlayo Mishquiyacu Clase B, adecuado a la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
Sancionar a Mendoza Sernaqué Federico, identificado con DNI Nº 02662040, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
DECLARAR, al Comité de Usuarios del Canal de Riego Ucrumarca Jucusbamba, conformado por los usuarios que utilizan las aguas Llinlle y del río Matasuyo, adecuado a la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, y en cuyo ámbito no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.
Sancionar a Silva Alarcón José Andrés, identificado con DNI N° 02717864, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,