Sancionar, a Santos Emiterio Lazo Suarez, identificado con DNI Nº 03602151, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideración presentado por el usuario "COMPAÑÍA CONSTRUCTORA SAN AGUSTÍN S.A" R.U.C. N° 20213626974, a traves de sus Representantes Legales Sr.
Gilberto Abraham Guija Benavides, identificado con DNI Nº 08774531 Y por el Dr. Aldo Arias Pachas, identificado con C.AL. Nº 27869.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 0035-2016-ANA/AAA-XI.PA/ALA-MEDIO APURIMAC-PACHACHACA
Resumen
Rectificar el error material incurrido en el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 0251-2014-ANA-ALA-MEDIO APURIMAC - PACHACHACA, de fecha 15 de Setiembre del 2014, emitida por esta Administración, sobre el procedimiento administrativo de Aprobación de estudios de aprovechamiento hídrico, que en él erróneamente se consignó con fines Agrarios, siendo lo correcto con fines Poblacionales, dejando subsistente todos los demás extremos de la señalada resolución.
Sancionar, a Manuel García Palacios, identificado con DNI N° 02770336, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del articulo 277º
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 0034-2016-ANA/AAA-XI.PA/ALA-MEDIO APURIMAC-PACHACHACA
Resumen
Anular el recibo de retribución económica Nº 2015S06463 emitido a Minera Las Bambas S.A. correspondiente al año 2015, por la suma S/.432,196.24 Soles, por haberse considerado un volumen que no corresponde;
Sancionar, a Loyda Eunice More Yovera, identificado con DNI N° 71103984, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de ta Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del articulo 277º
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 0033-2016-ANA/AAA-XI.PA/ALA-MEDIO APURIMAC-PACHACHACA
Resumen
Requerir al usuario Verde Resources S.A.C., para que en el plazo excepcional de quince (15) días hábiles de notificado, cumpla con cancelar el recibo Nº 2015007008 por el importe ascendente a SI.222.04 (doscientos veintidós punto cero cuatro soles), correspondiente al uso de agua superficial con fines no agrarios año fiscal 2014, por el volumen ahí descrito, debiendo realizar su abono en el Banco de la Nación mediante el servicio de recaudación Transacción 3710.
ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer que el usuario EMPRESA NEGOCIACIONES LANERA DEL PERU S.A cancele el Recibo N° 2011006863 por el importe de S/. 716.44, de la retribucion economica por uso de agua subterranea con fines industriales correspondiente al año 2011, de acuerdo al volumen que se detalla en el recibo, equivalente a 133,415 m3, debiendo cancelarlo en el Banco de la Nacion mediante el servicio de recaudacion via teleproceso al codigo 0298, dentro de los treinta (30) dias contados a partir de notificada la presente resolucion, de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideración presentado por el usuario "AJINOMOTO DEL PERU S.A" con R.U.C. N° 20100085063, debidamente representado por el Sr Makoto Osawa, identificado con Carnet de Extranjeria Nº 0007234437, en su calidad de Representante Legal.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Rosa Contreras Prada, contra la Resolución Directoral N° 785-2016-ANA-AAA-CH.CH, debido a que la infracción se encuentra acreditada.