IMPONER la Sanción Administrativa de multa de 5.75 UIT, vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Distrital de Condebamba, provincia de Cajabamba, región Cajamarca, por haber realizado vertimientos de aguas residuales proveniente de la ciudad de Cauday, provincia de Cajabamba, región Cajamarca a través de una tubería de PVC de 6" de diámetro con un caudal de 1,20 I/s, en el punto de las coordenadas UTM WGS 84: 822 680E — 9 161 928N, en la margen derecha de la Quebrada La Cueva del Shingo, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 9° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al numeral 279.3 del artículo 279° del mismo cuerpo legal, la infracción ha sido calificada como muy grave, de conformidad con los fundamentos expuestos.