R.J. Nº 210-2010-ANA
Resumen
Delegar en la Dirección de Administracion de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, la facultad de resolver en segunda instancia administrativa, los recursos administrativos que se interpongan contra los actos administrativos que se interpongan contra los actos administrativos expedidos por las Administraciones Locales de Agua, extendiéndose dicha delegación a la facultad de declarar nulidades de oficio cuando corresponda.