381 - 390 Normativas de 11531
R.TNRCH. Nº 0121-2025-ANA

CUT: 59909-2023.

IMPUGNANTE: José Huahuasoncco Díaz.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUBMATERIA: A solicitud de parte.

SUMILLA: La delimitación de la faja marginal puede ser solicitada a pedido de parte, pero ello no impide que la Autoridad Nacional del Agua apruebe una delimitación distinta de acuerdo a su metodología.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 113° y 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 3°, 4°, 8° y 18° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 14 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0120-2025-ANA

CUT: 275765-2023.

IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 14 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0119-2025-ANA

CUT: 49632-2024.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios Canal de Riego Los Alizos.

ÓRGANO: ALA Jequetepeque.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.

SUBMATERIA: Reconocimiento de Comités de Usuarios.

SUMILLA: Es nula la resolución que resuelve una solicitud de reconocimiento de un comité de usuarios de agua y no se ha cumplido previamente con solicitar opinión a la Junta de Usuarios de Agua respectiva.

MARCO NORMATIVO: Numeral 22.2 del artículo 22° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Nulo de oficio y reponer.

Fecha de resolución: Viernes, 14 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0118-2025-ANA

CUT: 25401-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Cañete Clase A.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Para conducir mayor caudal dentro de un canal, en el marco de una modificación de licencia de uso de agua, se requiere la opinión o conformidad del operador de la infraestructura hidráulica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 32° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado en parte, nula y reposición.

Fecha de resolución: Viernes, 14 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0117-2025-ANA

CUT: 157441-2023.

IMPUGNANTE: Freddy Iván Ruiz Pariona.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Para el otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización debe acreditarse el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 058-2018-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 12 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0116-2025-ANA

CUT: 89751-2023.

IMPUGNANTE: Jessica Clina Alcedo Atencio.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUBMATERIA: Modificación de delimitación de faja marginal.

SUMILLA: Cuando se dispone de información estadística sobre caudales la metodología que usa la Autoridad Nacional del Agua es la modelación hidráulica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 113° y 114° del Reglamento de la Ley de Recurso Hídricos, artículos 6° y 8° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 12 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0115-2025-ANA

CUT: 37543-2024.

IMPUGNANTE: Amalia Félix Cavero.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Son válidas las constancias de publicación cuando se indica que el Aviso Oficial fue publicado dentro del tramite del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81º y 82º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007- 2015-ANA.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 12 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0114-2025-ANA

CUT: 69462-2024.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Huanchaco.

ÓRGANO: AAA Huamey -Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – recursos hídricos.

SUBMATERIA: Verter aguas residuales sin autorización.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua tiene competencia para sancionar por vertimientos de agua residuales en el mar, tratadas o no tratadas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° y numeral 79° de la, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277° y el numeral 137.1 del artículo 137° del Reglamento de la Ley de Recursos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 12 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0113-2025-ANA

CUT: 107575-2024.

IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura y otros.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo cuando se otorga un derecho sin certeza de a quien le corresponde la conformidad de las obras de aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 34º y el artículo 35º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 12 Febrero 2025
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R.TNRCH. Nº 0112-2025-ANA

CUT: 163749-2022.

ADMINISTRADO: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Pago Callqui Baja.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la resolución que otorga la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no se evalúa los derechos de uso de agua preexistentes.

MARCO NORMATIVO: Numerales 81.1 y 81.2 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y acápite 2.3 del numeral II del Formato Anexo N° 07 del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de resolución: Miércoles, 12 Febrero 2025
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