R.TNRCH. Nº 0099-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 143261-2022

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Mollepata

ORGANO: AAA Pampas-Apurímac

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Caducidad 

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Mollepata contra la Resolución Directoral N° 189-2021-ANA-AAA.PA; y en consecuencia, la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado con la Notificación N° 095-2020-ANA-AAA.PA-ALA-MAP.

MARCO NORMATIVO:  Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Fundado

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

583-2022

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se notificó con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0097-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 135062-2020

IMPUGNANTE: Consorcio Ancash

ORGANO: AAA Huarmey Chicama

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Caducidad 

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Consorcio Ancash conformado por las empresas Mega Inversiones Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada e Importaciones Constructora e Inmobiliaria ARBI S.A.C contra la Resolución Directoral N° 010-2022-ANA-AAA.HCH; y, en consecuencia, la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado a través de la Notificación N° 075-2020-ANA-AAA.IV.HCH-ALA.CHUARMEY.

MARCO NORMATIVO:  Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Fundado

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

834-2022

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió  con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0044-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 30068-2020

IMPUGNANTE: Compañía Minera Poderosa S.A.

ORGANO: DCERH

MATERIA: Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Tratadas

SUBMATERIA: Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Tratadas

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Compañía Minera Poderosa S.A, en consecuencia nula la Resolución Directoral Nº 0138-2022-ANA-DCERH; disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo conforme a lo señalado en el numeral 6.2 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10º, numeral 4 del artículo 3º, numeral 6.2 del artículo 6º, 24.1.1 del artículo 24°, numeral 27.1 del artículo 27º, numeral 227.2 del artículo 227º y numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

494-2022

Sumilla

Se configura el saneamiento de una notificación defectuosa, por lo que corresponde determinar que la notificación surtirá efectos legales a partir de la fecha en que la administrada manifiesta haberla recibido.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 10º, numeral 4 del artículo 3º, numeral 6.2 del artículo 6º, 24.1.1 del artículo 24°, numeral 27.1 del artículo 27º, numeral 227.2 del artículo 227º y numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0758-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 141395-2021.

IMPUGNANTE: Jesús Ignacio García García.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Jesús Ignacio García García contra la Resolución Directoral N° 0244-2022-ANA-AAA.CHCH.; en consecuencia, nula la referida resolución y la Resolución Directoral Nº 0574-2021-ANA-AAA.CHCH; por contravenir el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y se dispone retrotraer el presente procedimiento conforme a lo establecido en el numeral 6.7 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

484-2022

Sumilla

En ese sentido, incumbe precisar que en el momento que se otorguen las prórrogas de las acreditaciones de disponibilidades hídricas sujetas al Decreto Legislativo 1500, se deberá considerar el plazo regular más el plazo extraordinario extendido automáticamente (plazo regular + 12 meses), y a partir de la culminación de dicho término se renovará solo por única vez y por el mismo periodo otorgado en la resolución primigenia, y siempre que la petición se haya presentado antes del vencimiento del plazo ampliado automáticamente.

Marco normativo

numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0754-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 108787-2020.

IMPUGNANTE: Consorcio Paucar E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Paucar E.I.R.L.; en consecuencia, se declara la nulidad de las Resoluciones Directorales Nº 0312-2022-ANA-AAA.H y Nº 0164-2022-ANA-AAA.H, debido a que se vulneraron los principios de causalidad y presunción de licitud, disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado en su contra.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar, los cauces riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

521-2022

Sumilla

Se puede concluir que, se ha vulnerado los principios de causalidad y presunción de licitud, pues la misma ha sido emitida en base a presunciones y no en un nexo causal que conlleve a concluir de manera inequívoca.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0753-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 146020-2021.

IMPUGNANTES: Comité de Administración Temporal de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica-Clase B, integrado por los señores Julio Cesar Sulca Juáres, Harry Eduardo Rodríguez Dávila y Jorge Daniel Pérez Hernández.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Administración Temporal de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica-Clase B, integrado por los señores Julio Cesar Sulca Juáres, Harry Eduardo Rodríguez Dávila y Jorge Daniel Pérez Hernández contra la Resolución Directoral Nº 0334-2022-ANAAAA.CHCH, debido a que la infracción por la cual se le inició el procedimiento administrativo no se encuentra probada, vulnerándose el principio de presunción de licitud.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las agua a uso distinto al cual fueron otorgadas 

MARCO NORMATIVO: Literal a) del artículo 110º del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.
Numeral 9 del artículo 248º Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Este tribunal no puede mantener la responsabilidad administrativa sobre un hecho que no ha sido indubitablemente probado, debiendo en estos casos primar el principio de licitud consagrado en la norma que determina que las administraciones públicas deben presumir que los administrados actuaron conforme a sus deberes mientras no se cuente con evidencia en contrario.

Marco normativo

Literal a) del artículo 110º del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.
Numeral 9 del artículo 248º Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0751-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 173619-2021.

IMPUGNANTE: Neptalí Salvador Peña Fiestas y Luis Virgilio Peña Fiestas.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por los señores Neptalí Salvador Peña Fiestas y Luis Virgilio Peña Fiestas contra la Resolución Directoral N° 0964-2022-ANA-AAA.JZ, en consecuencia, nula la referida resolución, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.3 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica.

MARCO NORMATIVO: Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

518-2022

Sumilla

Cabe indicar que no es justificación legal ni técnica para denegar la solicitud de licencia de uso de agua, señalando que el bloque no existe disponibilidad hídrica por haberse otorgado derechos en un volumen mayor al asignado, vulnerando lo regulado en la norma, que establece un procedimiento especial para legalizar los usos de agua que se desarrollan en un bloque de riego en forma individual.

Marco normativo

Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0747-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 77448-2020.

IMPUGNANTE: Volcan Compañía Minera S.A.A.

ÓRGANO: DCERH.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Volcan Compañía Minera S.A.A., nula la Resolución Directoral N° 074-2022-ANA-DCERH y se dispone la reposición del procedimiento con el fin de que la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos emita un nuevo acto resolutivo sobre el recurso de reconsideración planteado por la referida empresa en fecha 29.12.2021.

MATERIA: Autorizacion de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUB MATERIA: Renovación (o prórroga) de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Domésticas Tratadas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 15 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

477-2022

Sumilla

La decisión adoptada por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos en la resolución apelada contraviene el mandato legal contemplado en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0714-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 27012-2021.

IMPUGNANTE: Pedro Vidaurre Ballena.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Pedro Vidaurre Ballena contra la Resolución Directoral N° 604-2022-ANA-AAA.JZ; en consecuencia, nula la indicada resolución y la Resolución Directoral N° 2706-2020-ANA-AAA-JZ-V, por haberse configurado la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo según lo señalado en el numeral 6.3 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica

MARCO NORMATIVO: Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

513-2022

Sumilla

Cabe indicar que no es justificación legal ni técnica para denegar la solicitud de licencia de uso de agua, señalando que el bloque no existe disponibilidad hídrica por haberse otorgado derechos en un volumen mayor al asignado, vulnerando lo regulado en la norma, que establece un procedimiento especial para legalizar los usos de agua que se desarrollan en un bloque de riego en forma individual.

Marco normativo

Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0724-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 64831-2021.

IMPUGNANTE: Wilberto Edilberto Rengifo Ruiz.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Wilberto Edilberto Rengifo Ruiz contra la Resolución Directoral N° 711-2022-ANA-AAA.JZ; en consecuencia, nula la indicada resolución, por haberse configurado la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo según lo señalado en el numeral 6.3 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica 

MARCO NORMATIVO: Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

510-2022

Sumilla

Cabe indicar que no es justificación legal ni técnica para denegar la solicitud de licencia de uso de agua, señalando que el bloque no existe disponibilidad hídrica por haberse otorgado derechos en un volumen mayor al asignado, vulnerando lo regulado en la norma, que establece un procedimiento especial para legalizar los usos de agua que se desarrollan en un bloque de riego en forma individual.

Marco normativo

Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor