R.TNRCH. Nº 0708-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 171200-2021.

IMPUGNANTE: Adelino Bejarano Félix y Ever Ignacio Palomares (vicepresidente y secretario de actas del Comité de Usuarios de Agua Cashacorral Santa Rosa, Sector Hidráulico Rímac)

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por los señores Adelino Bejarano Félix y Ever Ignacio Palomares (vicepresidente y secretario de actas del Comité de Usuarios de Agua Cashacorral Santa Rosa, Sector Hidráulico Rímac) contra la Resolución Administrativa Nº 0141-2022-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL debido a que se ha vulnerado el principio de legalidad, incurriéndose en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del referido cuerpo normativo.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua 

SUB MATERIA: Reconocimiento de Comité de Usuarios.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 01 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

472-2022

Sumilla

No se observa que exista ninguna restricción de reconocer a un comité de usuarios de agua por encontrarse dentro de una comunidad campesina, se ha inobservado el principio de legalidad.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0703-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 177206-2021.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Qiwi Huarango.

ÓRGANO:  AAA Pampas Apurímac.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua Qiwi Huarango contra la Resolución Directoral Nº 0264-2022-ANA-AAA.PA, y, en consecuencia, nulo el referido pronunciamiento, por haberse advertido una motivación insuficiente, disponiéndose la reposición del procedimiento. Asimismo, se dispone la rectificación de oficio del error material contenido en la Resolución Directoral Nº 0082-2022-ANA-AAA.PA, debiéndose consignar como titular del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica al señor Modesto Suarez Cárdenas y no a la Comunidad de Chacamarca.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 227.2 del artículo 227º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

420-2022

Sumilla

Este Tribunal dispone que el órgano sancionador emita un nuevo pronunciamiento técnico y legal, respecto al recurso de reconsideración, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución, debiendo fundamentar con certeza si existe disponibilidad hídrica para ser autorizada.

Marco normativo

Numeral 227.2 del artículo 227º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0695-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 88467-2021.

IMPUGNANTE: MEGASAC REPUESTOS S.A.C.

ÓRGANO: AAA Cañete – Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa MEGASAC REPUESTOS S.A.C., en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0473-2022-ANA-AAA.CF, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en los numerales 1 y 2 del artículo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.7 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Utilizar el agua con mayores volumenes  o caudales que los otorgados 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 29 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

450-2022

Sumilla

Habiéndose advertido que no se le notificó debidamente al impugnante con la que se dio inicio al procedimiento administrativo en su contra, siendo que la citada administrada accedió a dicho documento, con posterioridad a la emisión del Informe Final de Instrucción, lo cual no fue advertido por la administración con anterioridad a la emisión de la resolución apelada, se concluye que en el presente procedimiento se configuró una vulneración al requisito de validez del acto administrativo.

Marco normativo

numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0690-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 185-2022.

IMPUGNANTE: Los Ranchos S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por Los Ranchos S.A.C., en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0338-2022-ANA-AAA.CO, por haberse emitido incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.7 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularizacion o formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 29 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

443-2022

Sumilla

Se advierte que el impugnante no tiene la condición de Organizaciones de Usuarios de Agua ni Prestadoras de Servicios de Saneamiento, por lo que no le resulta aplicable las disposiciones contenidas en la Resolución Jefatural Nº 058-2018-ANA.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0689-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 156225-2021.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Raura S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por la empresa Compañía Minera Raura S.A., en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 279-2021-ANA-AAA.C.F y la Resolución Directoral N° 922-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por encontrarse incursas en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 bdel artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme con el numeral 6.6 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reuso sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

404-2022

Sumilla

No se notificó el informe final de instrucción a la administrada, no tomó conocimiento del análisis respecto a los criterios para la graduación de la multa y la calificación de la infracción (como grave o muy grave), vulnerándose su derecho de defensa.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0681-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 76530-2021.

IMPUGNANTE: Cumbres del Sur S.A.C.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Cumbres del Sur S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 111-2022-ANA-DCERH, y en consecuencia nula la indicada resolución. Asimismo, se dispone, reponer el procedimiento administrativo hasta el momento en que la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos emita un nuevo pronunciamiento respecto del recurso de reconsideración interpuesto en fecha 14.12.2021, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6.3 de la presente resolución.

MATERIA: Autorizacion de vertimiento de aguas residuales tratadas 

SUB MATERIA: Renovación (o Prórroga) y Modificación de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Domésticas Tratadas.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

431-2022

Sumilla

La Dirección no evaluó los documentos anexados antes de emitir pronunciamiento, por lo cual dicho acto administrativo presenta un defecto en la motivación.

Marco normativo

numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0676-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 177743-2021.

IMPUGNANTE: Agrícola San Michele S.A.C.

ÓRGANO:  AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por la empresa Agrícola San Michele S.A.C. en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0446-2022-ANA-AAA-CF, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme con el numeral 6.4 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Utilizar el agua con mayores volumenes o caudales que los otorgados 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

416-2022

Sumilla

Se debe indicar que, si bien se notificó el informe final de instrucción, el impugnante no tomó conocimiento del análisis respecto a los criterios para la graduación de la multa y la calificación de la infracción (como leve, grave o muy grave), debido que órgano instructor no determinó lo antes señalado en el Informe Técnico, por lo tanto, no pudo contradecir los criterios antes mencionados, vulnerándose su derecho de defensa.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0671-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 167547-2021.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Chungar S.A.C.

ÓRGANO:  AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por Compañía Minera Chungar S.A.C., en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0276-2022-ANA-AAA.CF y la Resolución Directoral Nº 0381-2022-ANA-AAA.CF, por haberse emitido incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.2 de la presente resolución.

MATERIA:  Autorización de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prórroga de Autorización de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

379-2022

Sumilla

Se advierte que la notificación de la carta no se ha efectuado, contraviniendo a la Constitución, a las Leyes o a las normas reglamentarias.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0670-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 134668-2021.

IMPUGNANTE: Job Beltrán Arias Huanacuni.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Job Beltrán Arias Huanacuni contra la Resolución Directoral Nº 1058-2021-ANA.AAA.CO, y, en consecuencia, deviene en nula por encontrarse inmersa en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento a efectos de que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña emita un nuevo pronunciamiento respecto al recurso de reconsideración presentado por el señor Job Beltrán Arias Huanacuni contra la Resolución Directoral Nº 838-2020-ANA-AAA.CO.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización o formalizacion de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

373-2021

Sumilla

Este Tribunal advertir que, la administración se pronuncio sin considerar que el impugnante con la copia legalizada del contrato privado de traspaso de posesión y derechos, había acreditado la transferencia de posesión del predio del cual se solicitó la regularización de la licencia de uso de agua, por lo que debía haber sido reconocido como sucesor procedimental.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0668-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 40712-2021.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Aruntani S.A.C.; en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0004-2022-ANA-AAA.CO por contravenir la ley y transgredir el procedimiento regular, y se dispone retrotraer el procedimiento administrativo sancionador conforme a lo establecido en el numeral 6.4 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

314-2022

Sumilla

No ha sido puesto en su conocimiento, impidiendo con ello que pueda formular alegatos y vulnerando su derecho de defensa; que se garantiza con el conocimiento del informe final de la autoridad instructora.

Marco normativo

numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor