R.TNRCH. Nº 0017-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 220582-2019.

IMPUGNANTE: Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurimac.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 0811-2019-ANA-AAA.PA, en consecuencia, nula la misma, debido a que el referido acto administrativo contiene un vicio en la motivación (motivación sustancialmente incongruente); en razón de no haber cumplido con atender correctamente la pretensión de manera congruente en los términos que fue planteada, disponiendo la reposición del procedimiento administrativo conforme señala el numeral 6.3 de la presente resolución.

MATERIA: Autorización de reúso de aguas residuales.

SUB MATERIA: Autorización de reúso de aguas residuales.

MARCO NORMATIVO: numeral 2 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1103-2019

Sumilla

Se advierte que la Autoridad Administrativa del Agua, no dio respuesta a la solicitud de reúso de agua residuales industriales, proveniente de la planta de tratamiento de agua minero  presentada por la impugnante debido a que la referida autoridad sólo indicó que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto a dicha solicitud, no especificando si esta había sido estimada o en todo caso desestimada.

Marco normativo

numeral 2 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0043-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 226353-2019.

IMPUGNANTE: Constantino Amado Llange.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Constantino Amado Llange contra la Resolución Directoral N° 1105-2019-ANA-AAA.M, y, en consecuencia, nula el referido acto administrativo, disponiendo el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA:  Ocupar, Utilizar o desviar los Cauces, Riberas o Fajas Marginales, sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1133-2019

Sumilla

Se verifica que no existió una correcta notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionar, razón por la cual se concluye que en el presente procedimiento administrativo sancionador se ha transgredido el Principio de Tipicidad y Debido Procedimiento al no haber calificado correctamente la supuesta infracción cometida por el impugnante, configurándose la causal de nulidad.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0031-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 256192-2019.

IMPUGNANTE: Agrícola Doña Luisa S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Agrícola Doña Luisa S.A.C., y en consecuencia, nulas las Resoluciones Directorales N° 1506-2019-ANA-AAA-CH.CH y N° 1981-2019-ANA-AAA-CH.CH, debido a que han sido emitidas transgrediendo el Principio de Legalidad.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extincion y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

MARCO NORMATIVO: numeral 79.1" del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos   numeral 227.2 del articulo 227° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                                Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI

SENTIDO: Fundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1250-2019

Sumilla

Se indica que habiendo quedado sin efecto legal el Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI (en el cual se contemplaba el requisito de probar el uso del agua de manera pública, pacifica y continua por más de 5 años), en la actualidad no existe marco legal que permita otorgar  Licencias de Uso de Agua a; y por ende, no se cuenta con procedimiento vigente que exija la demostración de un uso continuo, público y pacifico del
agua por más de 5 años, para acceder a la obtención de una Licencia de Uso de Agua.

Marco normativo

numeral 79.1" del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos   numeral 227.2 del articulo 227° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.      Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0834-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 29131-2019.

IMPUGNANTE: Constructora Málaga Hermanos S.A.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar, sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Constructora Málaga Hermanos S.A. contra la Resolución Directora! N°069-2019-ANA/AAA-HUALLAGA. revocándose la misma y archivándose el presente procedimiento administrativo sancionador, porque la infracción sancionada no se encuentra acreditada.

MARCO NORMATIVO: numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

195-2019

Sumilla

La infracción imputada referida a la ejecución de obras en fuente natural no se encuentra debidamente acreditada ya que durante la diligencia de inspección ocular sólo se constató la existencia de un camino de acceso al área que fue autorizada para la ejecución de la actividad de extracción de material de acarreo

Marco normativo

Numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0894-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165143-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A., en consecuencia, nulo el Recibo N°2017V00A05, la Carta N°053-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°288-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL., por haberse advenido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose que la Dirección de Calidad de los Recursos Hídricos, emita la resolución de autorización de vertimiento por uso de agua residual tratada a favor de Empresa Minera Los Quenuales S.A. con eficacia anticipada al 25.02.2012.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1163-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0893-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165131-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A., en consecuencia, nulo el Recibo N°2017V00406, la Carta N°052-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°285-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL. por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1165-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0892-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165151-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rimac- Lurin.

MATERIA: Retribución Económica por Vertimiento de Aguas Residuales.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A, en consecuencia, nulo el Recibo N°2017V00409, la Cada N°051-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°289-2018-ANA-AAA. CF ALA. CHRL, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1162-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0891-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165135-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica por Vertimiento de Aguas Residuales.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales SA, en consecuencia, nulo el Recibo N°2017V00407. la Carta N°050-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°287-2018-ANA-AAA. CF-ALA. CHRL, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1164-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0890-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165123-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A., en consecuencia, nulo el Recibo N°2017v00408, la Carta N° 049-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°290-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL. por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1166-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0905-2019-ANA

Resumen

CUT N°:90887-2019.

IMPUGNANTES: Asociación de Agricultores Unidos Bambamarca Chota.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Agricultores Unidos Bambamarca Chota; en consecuencia, se revoca la Resolución Directoral N°185-2019-ANA AAA-JZ-V y la Resolución Directoral N°842-2019-ANA-AAA-JZ-V.

MARCO NORMATIVO: artículo 40° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuente Natural, aprobado mediante la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

517-2019

Sumilla

La administrada realizó las publicaciones en los siguientes establecimientos: Diario Oficial El Peruano, Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase A, Comisión de Usuarios S.S.H. Pueblo Nuevo, Diario Últimas Noticias y Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo. Cumpliendo con lo requerido en el presente procedimiento.

Marco normativo

artículo 40° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuente Natural, aprobado mediante la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor