R.TNRCH. Nº 0463-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 20513-2023 

SOLICITANTE: Carmen Rosario García García

ORGANO: ALA Ica

SUMILLA: Se declara improcedente la queja presentada por la señora Carmen Rosario García García contra la Administración Local de Agua Ica, porque no existe ningún procedimiento administrativo en curso.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA: Queja por Defecto de Tramitación

MARCO NORMATIVO: Literales a), h) y j) numeral 70.1 del artículo 70° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua.

SENTIDO: Improcedente

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

152-2023

Sumilla

Se establece claramente que la Autoridad se encuentra impedida de intervenir en las decisiones del comité electoral; en tal sentido, no se evidencia ningún incumplimiento funcional por parte de la administración.

Marco normativo

Literales a), h) y j) numeral 70.1 del artículo 70° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0462-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 186968-2021

IMPUGNANTE: Nicanor Gómez Calderón

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Nicanor Gómez Calderón, debido a que su pretensión impugnatoria contra la Resolución N° 0340-2023-ANA-TNRCH, no se encuentra contemplada dentro de la facultad de contradicción establecida en el segundo párrafo del numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Autorización de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Ejecucion de Obras 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

688-2022

Sumilla

La pretensión del apelante sobre la resolución emitida por el Tribunal no se encuentra comprendida dentro de la facultades de contradicción establecida en el segundo párrafo del numeral 213.2 del artículo 213° del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0461-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 148508-2020

SOLICITANTE: Albino Burga Mejía

ORGANO: AAA Marañón

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº 040-2019-ANA-AAA.M.ALA CG-LL, solicitada por el señor Albino Burga Mejía, debido a que la facultad de este Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas ha prescrito.

MATERIA: Comité de Usuarios de Agua

SUB MATERIA: Reconocimiento de Comites de Usuarios 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

905-2022

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0460-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 174543-2021

IMPUGNANTE: Víctor Contreras Lacho

ORGANO: AAA Mantaro

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Víctor Contreras Lacho contra la Resolución Directoral Nº 0627-2022-ANA-AAA.MAN; en consecuencia, nula la misma, debido a que dicho acto administrativo contiene un vicio en la motivación y se dispone la reposición del procedimiento administrativo conforme señala el numeral 6.5. de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Construir o Modificar Obras sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

892-2022

Sumilla

El recurso de reconsideración interpuesto por el impugnante se presentó dentro del plazo establecido por ley, y no en forma extemporánea, como sostiene la administración, es por ello que se produce una transgresión a la debida motivación, se configura la lesión de un derecho fundamental.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0459-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 194263-2021

SOLICITANTE: Cristina García Valencia

ORGANO: AAA Urubamba - Vilcanota

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 0086-2022-ANAAAA.UV,solicitada por la señora Cristina García Valencia, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Autorización de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Ejecucion de Obras 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

117-2023

Sumilla

La impugnante debe tener en cuenta que el agua constituye patrimonio de la Nación, siendo su dominio inalienable e imprescriptible, de manera que, por ser un bien de uso público su administración puede ser otorgada y ejercida en armonía con el bien común, la protección ambiental, razón por la cual, no existe propiedad privada sobre el agua.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0458-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 177990-2022

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua de Huanca

ORGANO: ALA Ocoña-Pausa

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua de Huanca contra la Resolución Administrativa N° 0171-2022-ANA-AAA.CO-ALA.OP, debido a que el referido acto administrativo fue emitido en observancia de las normas que rigen el reconocimiento de las organizaciones de usuarios de agua.

MATERIA: Organización de Usuarios de Agua

SUB MATERIA: Reconocimiento de Comites de Usuarios 

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

088-2023

Sumilla

No existe una vulneración al Principio del Debido Procedimiento en su vertiente referida a la debida motivación, pues la resolución apelada se encuentra debidamente motivada en el aspecto relevante.

Marco normativo

Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0457-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 198696-2021  

IMPUGNANTE: Asociación Irrigación Yuramayo Segunda Etapa

ORGANO: ALA Chili  

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Irrigación Yuramayo Segunda Etapa contra la Resolución Administrativa N° 0054-2023-ANA-AAA.CO-ALA.CH, por haberse desvirtuado los argumentos de su recurso de apelación. 

MATERIA: Permiso de Uso de Agua

SUB MATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones 

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

053-2022

Sumilla

La impugnante no ha presentado nueva prueba para acreditar la disponibilidad hídrica, por lo tanto la resolución apelada se encuentra debidamente motivada en el aspecto relevante que justifica el acto administrativo en dicho extremo. 

Marco normativo

Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0456-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 19752-2022

IMPUGNANTE: Cecilia Inocencio Tineo

ORGANO: AAA Huallaga

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Cecilia Inocencio Tineo contra la Resolución Directoral N° 0019-2023-ANA-AAA.H, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorización
Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

122-2023

Sumilla

En virtud a los fundamentos expuestos por la administración, dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

Marco normativo

Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0455-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 212522-2021

IMPUGNANTE: Seferino Mayta Uchucuya y otros

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña

SUMILLA: 

a) Se declaran improcedentes los recursos de apelación interpuestos por los señores Fredy Yabar Mulluni, Juan Ccama Chura y Ely Ann Escobar Chuquitaipe contra la Resolución Directoral N° 735-2021- ANA-AAA.CO, por haber sido presentados de manera extemporánea.
b) Se declaran improcedentes los recursos de apelación interpuestos por los señores Roberto Ancachi Ancachi y Virginia Velazco Quevedo contra la Resolución Directoral N° 735-2021- ANA-AAA.CO, por ausencia de agravio.
c) Se confirma la Resolución Directoral N° 735-2021- ANA-AAA.CO que declaró improcedentes por extemporáneos los recursos de reconsideración de la Resolución Directoral N° 624-2020-ANA-AAA.CO interpuestos por los señores Santos Sabino Quevedo Piguaycho, Erasmo Santos Santos y Tomás Velásquez Quenaya.
d) Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por los señores Seferino Mayta Chucuya, Raúl Llanque Calluari, Luis Humberto Molina Vargas, José Luis Chara Alave, Jorge Paco Paco, Lidia Alanoca Atencio, Manuel Anahua Choque, Gil Augusto Mamani Acero, Edwin Alca Choque, Arturo Paco Calle, Josué de los Ángeles Santos Vela, Purificación Miriam Aranibar Condori, Richard Jarro Cuito, Reuther Augusto Alca Mamani, Natalio Marca Mamani, Hilario Miranda Ortigozo, Edgar Santos Inquilla, Carlos Huaynapata Chambilla, Quintín Mucho Quenaya, Manuela Flores de Colque, Gerónimo Gómez Marca, Marisol Llanque Callohuari, Carlos Antonio Cutipa Huarachi, Gregorio Bonifacio Gutiérrez, Rosalía Inquilla Santos, Emilia Mamani de Mamani, Elsa Mamani Vela Vda. De Santos, Brígida Santos Vela, Norma Santos Vela, Ana María Quispe Saire, Efraín Vilca Huanacuni, José Rivera Turpo, Hugo Hernán Chachaque Rosa, Edwin Jaime Laura Paniagua, Lucio Quispe García, Oscar Chino Calizaya, Fredy Guzmán Santos Inquilla, Raúl Jaime Santos Inquilla, Santos Zegarra Quintana, Rosana Santos Inquilla, Ernesto Chiqui Ramírez, Timoteo Ordoñez Tuco, Miriam Estefany Quecaño Mamani, Pedro Aquino Aquino, Marta Chino Huisa, Gregoria Nancy Alanoca Ticona, Delfina Salluca Salluca, Efraín Flores Mamani, Hernán Escobar Rivera, Adela Alave Torres, Edith Quispe Quevedo, María Silv Camacho de Bustamante, Teodosia Eufemia Laqui Mamani, Bertha Mamani Quispe, Lea Mamani Acero, Justo Apaza Condori, Nancy Inquilla Ccama y Teófilo Pampa Ari, contra la Resolución Directoral N° 735-2021- ANAAAA.CO contra la Resolución Directoral N° 735-2021-ANA-AAA.CO, por haberse desvirtuado los argumentos planteados en sus recursos de apelación.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Improcedente

 

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

125-2023

Sumilla

La Norma es clara y precisa respecto a los plazos, los medios probatorios presentados por los impugnantes en sus recursos de reconsideración no desvirtúan el hecho de que las solicitudes de regularización de licencia de uso de agua presentadas en fecha 03.11.2015, tenga la condición de extemporánea. Considerando la ausencia de medios probatorios que prueben fehacientemente la solicitud.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0454-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 76438-2022

ADMINISTRADO: Julia Margarita Perales Ortiz

ORGANO: ALA Mala - Omas - Cañete

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 0196-2022-ANA-AAA.CF-ALA.MOC, por haberse configurado los presupuestos señalados en el numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, emitiendo pronunciamiento sobre el fondo del asunto, se declarar improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua presentada por la señora Julia Margarita Perales Ortiz, por incumplimiento del requisito previsto en el numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Extincion y Otorgamiento de Uso de Agua 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

626-2022

Sumilla

La administrada en su solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua no acredita la titularidad sobre el predio objeto del derecho.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor