R.TNRCH. Nº 0032-2025-ANA

Resumen

CUT: 226698-2023.

IMPUGNANTE: Pinos y Eucaliptos Posada Real E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Es nula la resolución que al pronunciarse sobre un recurso administrativo amplia las infracciones y agrava la sanción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 258.3 del artículo 258° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado. nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

648-2024

Sumilla

Cuando las obras de captación se realizan en bienes naturales asociados al agua que son bienes de dominio público hidráulico, no se requiere título de propiedad o posesión legítima.

Marco normativo

Procedimiento 17 del TUPA simplificado y actualizado aprobado con el Decreto Supremo N° 012-2010-AG, artículos 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0031-2025-ANA

Resumen

CUT: 78599-2023.

IMPUGNANTE: Fortunato Quispe Luna.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Cuando las obras de captación se realizan en bienes naturales asociados al agua que son bienes de dominio público hidráulico, no se requiere título de propiedad o posesión legítima.

MARCO NORMATIVO: Procedimiento 17 del TUPA simplificado y actualizado aprobado con el Decreto Supremo N° 012-2010-AG, artículos 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

648-2024

Sumilla

Cuando las obras de captación se realizan en bienes naturales asociados al agua que son bienes de dominio público hidráulico, no se requiere título de propiedad o posesión legítima.

Marco normativo

Procedimiento 17 del TUPA simplificado y actualizado aprobado con el Decreto Supremo N° 012-2010-AG, artículos 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0030-2025-ANA

Resumen

CUT: 29019-2024.

IMPUGNANTE: Anglo American Quellaveco S.A.

MATERIA: Autorización de Ejecución de obras.

SUBMATERIA: Obras Mínimas.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: La construcción de losas y muros de mampostería que afectan el comportamiento del flujo y/o curso del agua, no constituyen obras mínimas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 38º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

888-2024

Sumilla

La construccion de losas y muros de mampostería que afectan el comportamiento del flujo y/o curso del agua, no constituyen obras mínimas.

Marco normativo

Artículo 38º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0029-2025-ANA

Resumen

CUT: 266293-2024.

SOLICITANTE: Consorcio Agrominero San Hilarión S.A.C.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

ÓRGANO: : AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1382-2024

Sumilla

La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0028-2025-ANA

Resumen

CUT: 265906-2024.

SOLICITANTE: Víctor Celso Flores Pérez.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.  

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1381-2024

Sumilla

La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0027-2025-ANA

Resumen

CUT: 275102-2024.

SOLICITANTE: Cesar Obdulio Cárdenas Fuentes.

ÓRGANO: ALA Ica.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación procede en procedimientos administrativos a instancia de parte no en los de oficio.

MARCO NORMATIVO: Artículos 116° y 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

275102-2024.

Sumilla

La queja por defecto de tramitación procede en procedimientos administrativos a instancia de parte no en los de oficio.

Marco normativo

Artículos 116° y 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0026-2025-ANA

Resumen

CUT: 1150-2025.

SOLICITANTE: Jessica Sujey Apolinario Alvarado.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: En los procedimientos de oficio no procede la queja por defecto de tramitación, salvo que se trate de derechos reconocidos por la ley al administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículos 169° y 171° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

008-2025

Sumilla

En los procedimientos de oficio no procede la queja por defecto de tramitación, salvo que se trate de derechos reconocidos por la ley al administrado.

Marco normativo

Artículos 169° y 171° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0025-2025-ANA

Resumen

CUT: 256511-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Taray.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

SUMILLA: La ejecución de una obra en fuente natural ocasiona un impacto ambiental, por lo que, no se justifica la imposición de la sanción no patrimonial de amonestación escrita.  

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

958-2024

Sumilla

La ejecución de una obra en fuente natural ocasiona un impacto ambiental, por lo que, no se justifica la imposición de la sanción no patrimonial de amonestación escrita.  

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0024-2025-ANA

Resumen

CUT: 42095-2024.

IMPUGNANTE: José Augusto Castillo Ramírez.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho o autorización Construir o modificar obras sin autorización.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

SUMILLA: El propietario-poseedor ejerce el control sobre el bien inmueble por lo que, la ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la ANA en el predio, lo hace verosímilmente autor de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

929-2024

Sumilla

El propietario-poseedor ejerce el control sobre el bien inmueble por lo que, la ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la ANA en el predio, lo hace verosímilmente autor de la infracción.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0023-2025-ANA

Resumen

CUT: 259139-2023.

SOLICITANTE: Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de aprobación ficta.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obra cuando el administrado pretende ampararse en el IGAFOM, pero la fuente de agua no se contempla en dicho instrumento, por lo que corresponde el trámite ordinario de licencia de uso de agua, con todas sus etapas previas.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”; y, numerales 1 y 3 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1087-2024

Sumilla

Es nula la autorización de ejecución de obra cuando el administrado pretende ampararse en el IGAFOM, pero la fuente de agua no se contempla en dicho instrumento, por lo que corresponde el trámite ordinario de licencia de uso de agua, con todas sus etapas previas.

Marco normativo

Literal d) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”; y, numerales 1 y 3 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor