R.TNRCH. Nº 0944-2019-ANA

Resumen

CUT N°:83489-2018.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°162-2018-ANA-AAA.JZ-ALA.MOLL. debido a que la Administración Local de Agua Motupe-Olmos-La Leche otorgó un derecho de uso de agua para el riego del predio con código catastral 111075; cuando correspondía que se otorgue sobre el predio con código catastral 111074.

MARCO NORMATIVO: Artículo 46° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 69° del Reglamento de la citada ley; numeral 23.1 del artículo 23° del "Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua"; y, numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

186-2019

Sumilla

Se otorgó el derecho de uso de agua para riego del predio, sin que dicho administrado haya demostrado la adquisición del referido terreno.

Marco normativo

Artículo 46° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 69° del Reglamento de la citada ley; numeral 23.1 del artículo 23° del "Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua"; y, numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0913-2019-ANA

Resumen

CUT N°:94965-2018.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Valle de Tacna.

ÓRGANO: ALA Caplina-Locumba.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Denuncia Administrativa.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Valle de Tacna contra la Carta N°381-2019-AWA-A4A.CO-ALA.CL., porque dicha carta no contiene un acto susceptible de impugnación.

MARCO NORMATIVO: numeral 1.1 del artículo 1°, numeral 116.1 del articulo 116°y numeral 120.1 del artículo 120 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

620-2019

Sumilla

El denunciante no es parte del procedimiento administrativo sancionador y el rechazo de una denuncia no contiene un acto administrativo

Marco normativo

numeral 1.1 del artículo 1°, numeral 116.1 del articulo 116°y numeral 120.1 del artículo 120 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0892-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165151-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rimac- Lurin.

MATERIA: Retribución Económica por Vertimiento de Aguas Residuales.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A, en consecuencia, nulo el Recibo N°2017V00409, la Cada N°051-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°289-2018-ANA-AAA. CF ALA. CHRL, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1162-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0891-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165135-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica por Vertimiento de Aguas Residuales.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales SA, en consecuencia, nulo el Recibo N°2017V00407. la Carta N°050-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°287-2018-ANA-AAA. CF-ALA. CHRL, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1164-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0890-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165123-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A., en consecuencia, nulo el Recibo N°2017v00408, la Carta N° 049-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL-AT/CRPO y la Resolución Administrativa N°290-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL. por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1166-2018

Sumilla

La retribución económica por vertimiento de agua residual tratada, es la contraprestación económica que el titular del derecho realiza por efectuar un vertimiento autorizado en un cuerpo receptor (el énfasis corresponde a este Tribunal).

Marco normativo

articulo 92° de la Ley de Recursos Hídricos, el articulo 182° de su Reglamento y el articulo 2° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0983-2019-ANA

Resumen

CUT N°:128805-2019.

IMPUGNANTE: Agropecuaria Pamajosa S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo.

SUBMATERIA: Usar agua sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Agropecuaria Pamajosa S.A.. contra la denegatoria ficta de su recurso de reconsideración de la Resolución Directoral N°252-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, en consecuencia, se deja sin efecto la mencionada resolución y la
Resolución Directoral N°786-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, disponiéndose el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: numeral 199.6 del articulo 199° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General 

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

744-2019

Sumilla

Se declara fundado el recurso de apelación contra la denegatoria ficta de su recurso de reconsideración, en consecuencia, se deja sin efecto la mencionada resolución, disponiéndose el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

numeral 199.6 del articulo 199° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0949-2019-ANA

Resumen

CUT N°:82266-2019.

IMPUGNANTE: Pedro Juan Antón De Los Santos y Darío Crisanto Roca Milla.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por los señores Pedro Juan Antón De Los Santos y Darío Crisanto Roca Milla contra el artículo primero contenido en la Resolución Directoral N°455-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA; por ausencia de agravio.
Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por los señores Pedro Juan Antón De Los Santos y Darío Crisanto Roca Milla contra el artículo segundo contenido en la Resolución Directoral N°455-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA: por encontrarse dirigido a cuestionar un acto administrativo inimpugnable, en aplicación del numeral 217.2 del articulo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del articulo 217° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

608-2019

Sumilla

El recurso de apelación deviene en improcedente, por encontrarse dirigido a cuestionar un acto administrativo inimpugnable

Marco normativo

Numeral 217.2 del articulo 217° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0985-2019-ANA

Resumen

CUT N°:71402-2019.

IMPUGNANTE: Ladislao Zoilo Murga Ascate.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Ladislao Zoilo Murga Ascate contra la denegatoria ficta de su solicitud de fecha 16.04.2019, debido a que no cumplió con los requisitos establecidos para el otorgamiento de licencia de uso.

MARCO NORMATIVO: Artículos 53°y 54° de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

770-2019

Sumilla

El apelante no ha demostrado que haya tramitado previamente los procedimientos administrativos de acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, que son necesarios para la obtención de una licencia de uso de agua.

Marco normativo

Artículos 53°y 54° de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0961-2019-ANA

Resumen

CUT N°:154999-2017.

SOLICITANTE: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA:  Por realizar vertimiento de agua residual

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N°369-2017-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL, porque dicha resolución, al constituir únicamente el requerimiento de pago de la obligación, no es susceptible de una declaración de nulidad de oficio.

MARCO NORMATIVO: l literal b) del numeral 3.1 del articulo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: NO HAY MERITO PARA DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

150-2019

Sumilla

No es susceptible de ser impugnada, ni puede ser objeto de una nulidad de oficio, la resolución administrativa que requiere el pago de la retribución económica, que constituye únicamente el requerimiento del pago de la obligación contenida en el recibo previamente notificado, por concepto de retribución económica por el uso del agua.

Marco normativo

l literal b) del numeral 3.1 del articulo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0960-2019-ANA

Resumen

CUT N°:30425-2019.

IMPUGNANTES: Sun Fruits Exports S.A.

ÓRGANO: ALA Ica.

MATERIA: Autorización de Estudios.

SUBMATERIA: Autorización de estudios

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sun Fruits Exports S.A. contra la Resolución Administrativa N°077-2019-ANA-AAA CHCH-ALA.I. debido a que se ha desvirtuado el argumento de la impugnante.

MARCO NORMATIVO: veda que pesa actualmente sobre el acuífero del valle de lea, en virtud de lo dispuesto en la Resolución Jefatural N°330-2011-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

174-2019

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelación debido a que se ha desvirtuado el argumento de la impugnante

Marco normativo

veda que pesa actualmente sobre el acuífero del valle de lea, en virtud de lo dispuesto en la Resolución Jefatural N°330-2011-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor