R.TNRCH. Nº 0921-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 156304-2024.

SOLICITANTE: Consorcio Agrominero San Hilarión S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite dentro de un plazo razonable, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

829-2024

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite dentro de un plazo razonable, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0895-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 87138-2023.

IMPUGNANTE: Destilería Naylamp E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

201-2024

Sumilla

Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0894-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 104046-2022.

IMPUGNANTE: Gerardo Villegas Bautista.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras hidráulicas en la fuente natural del agua sin autorización.

SUMILLA: Las obras recientes en un pozo acreditan la infracción de ejecución de obras hidráulicas sin autorización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

818-2023

Sumilla

Las obras recientes en un pozo acreditan la infracción de ejecución de obras hidráulicas sin autorización.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0893-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 142228-2022.

IMPUGNANTE: Elena Bustos Mejía.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento.

SUMILLA: La licencia de uso de agua se otorga al titular de la autorización de ejecución de obras, exigiéndose solo una verificación técnica de campo en la que se corrobore que se trata de las obras autorizadas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 85.1 del artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 21.1 del artículo 21° y artículo 42° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

702-2022

Sumilla

La licencia de uso de agua se otorga al titular de la autorización de ejecución de obras, exigiéndose solo una verificación técnica de campo en la que se corrobore que se trata de las obras autorizadas.

Marco normativo

Numeral 85.1 del artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 21.1 del artículo 21° y artículo 42° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0892-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 80268-2023.

IMPUGNANTE: Gobierno Regional de San Martín.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización, construir o modificar obras sin autorización y dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces.

SUMILLA: La prescripción de la infracción alegada por el administrado se desvirtúa cuando se comprueba que la construcción es reciente.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a), b) y p) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

241-2024

Sumilla

La prescripción de la infracción alegada por el administrado se desvirtúa cuando se comprueba que la construcción es reciente.

Marco normativo

Numerales 3, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a), b) y p) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0817-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 133527-2022.

IMPUGNANTE: Zenón Vicente Melgar Ríos.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización y ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Los cauces naturales de agua constituyen bienes asociados al agua, por lo que su desvío no autorizado constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal f) del artículo 277°; y numeral 278.2 del artículo 278° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

263-2024

Sumilla

Los cauces naturales de agua constituyen bienes asociados al agua, por lo que su desvío no autorizado constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal f) del artículo 277°; y numeral 278.2 del artículo 278° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0815-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 31796-2023.

IMPUGNANTE: Cía. Minera Jerusalén S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización y ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: La medida complementaria de sellado del pozo tiene la finalidad de impedir el uso del agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Artículo 123° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 280° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado. 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

083-2024

Sumilla

La medida complementaria de sellado del pozo tiene la finalidad de impedir el uso del agua sin derecho.

Marco normativo

Artículo 123° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 280° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0791-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 190092-2022.

IMPUGNANTE: Víctor Hermenegildo Suyo Ramos.

ORGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA:  Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando el Consejo de Recursos Hídricos opina que el proyecto no es compatible con el Plan de Gestión de los Recursos Hídricos de Cuenca.

MARCO NORMATIVO: Artículo 39° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado. 

Fecha de Resolución

Viernes, 16 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

552-2024

Sumilla

Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando el Consejo de Recursos Hídricos opina que el proyecto no es compatible con el Plan de Gestión de los Recursos Hídricos de Cuenca.

Marco normativo

Artículo 39° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0788-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 173650-2023.

IMPUGNANTE: Virginia Maritza Loa Gutiérrez.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Obras mínimas.

SUMILLA: La instalación de postes para la conducción de electricidad no constituye una obra mínima, por tanto, la solicitud es improcedente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 16 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

196-2024

Sumilla

La instalación de postes para la conducción de electricidad no constituye una obra mínima, por tanto, la solicitud es improcedente.

Marco normativo

Artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0787-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 171200-2023.

IMPUGNANTE: Vicente Genry Salazar Bazán.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar agua sin derecho y construir o modificar obras sin autorización. 

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica no es título habilitante para la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico y el uso del agua.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado. 

Fecha de Resolución

Viernes, 16 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

037-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica no es título habilitante para la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico y el uso del agua.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas