R.TNRCH. Nº 0579-2019-ANA
Resumen
CUT N°:192016-2017.
SOLICITANTE: Manuel Félix Córdova Marcelo.
ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos
SUMILLA: No haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución N°469-2018-ANA/TNRCH, debido a que no se ha configurado alguna de las causales de nulidad previstas en el artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.5 del artículo 213° y artículo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del articulo 277° de su Reglamento
SENTIDO: NO HABER MERITO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No hay subsanación voluntaria del acto imputado, no presentó la Autorización de Ejecución de Obras, por lo tanto no se ha configurado la condición eximente de la responsabilidad derivada de la infracción administrativa imputada
Marco normativo
Numeral 213.5 del artículo 213° y artículo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del articulo 277° de su Reglamento.