131 - 140 Normativas de 11511
R.TNRCH. Nº 0351-2025-ANA

CUT: 253212-2024.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0350-2025-ANA

CUT: 248696-2024.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0349-2025-ANA

CUT: 58894-2025.

SOLICITANTE: NOVOLIZ S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra – Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0348-2025-ANA

CUT: 220762-2024.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0347-2025-ANA

CUT: 3441-2025.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0346-2025-ANA

CUT: 232845-2024.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0345-2025-ANA

CUT: 156890-2023.

IMPUGNANTES: Donicio Siccha Arce e Isidro Alfaro Peña.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Utilizar el agua sin derecho.

SUMILLA: Utilizar el agua sin el derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua configura infracción en materia de recursos hídricos.

Es nulo el acto administrativo cuando la Autoridad, sanciona a una persona por una conducta que no se encuentra en la imputación de cargos.

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando no se ha emitido la resolución de sanción en el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, literal 2 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado, nulidad de oficio y caducidad.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0344-2025-ANA

CUT: 121084-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Canchaque.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar Vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales tratadas o sin tratar se configura cuando el vertimiento se realiza sin autorización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0343-2025-ANA

CUT: 83291-2023.

IMPUGNANTE: Yerson Germán Chalco Bautista.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización y usar el agua sin derecho.

SUMILLA: La responsabilidad por la ejecución de obras sin autorización y el uso del agua sin derecho, recae en quien opera el pozo y se beneficia con la extracción del agua, por lo tanto, no es relevante si el infractor es propietario o no del bien inmueble.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y literales a) y b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Abril 2025
Descargar
R.TNRCH. Nº 0342-2025-ANA

CUT: 156722-2023.

IMPUGNANTE: Wilmer Leonardo Serín Chacón.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la oposición en el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica cuando en el balance hídrico se demuestra que hay superávit hídrico en la fuente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79º, artículo 81º y 82º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Abril 2025
Descargar