CUT: 30381-2022.
SOLICITANTE: Gobierno Regional San Martín (Dirección Subregional de Comercio Exterior y Turismo Bajo Mayo).
ORGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales, con fines distintos al aprovechamiento hídrico.
SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras cuando se determina que el interesado no presentó la certificación ambiental del proyecto.
MARCO NORMATIVO: Artículo 36° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”; y, numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.